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	<title>Resuelve tus dudas legales archivos - Francisco Franco González</title>
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	<description>Procurador de los Tribunales</description>
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	<title>Resuelve tus dudas legales archivos - Francisco Franco González</title>
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		<title>¿Quién hereda si no hay testamento? Orden de herederos, trámites y plazos en la sucesión intestada</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Mar 2026 10:20:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
		<category><![CDATA[Testamento]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La muerte de una persona sin haber otorgado testamento abre lo que en nuestro ordenamiento jurídico se denomina sucesión intestada o abintestato, una institución regulada en el Código Civil de España cuyo objetivo es determinar quiénes son los llamados a heredar cuando el causante no ha dispuesto de su patrimonio mediante testamento. En estos supuestos,&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/testamento-herederos-tramites/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">¿Quién hereda si no hay testamento? Orden de herederos, trámites y plazos en la sucesión intestada</span></a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>La muerte de una persona sin haber otorgado testamento abre lo que en nuestro ordenamiento jurídico se denomina <strong>sucesión intestada o abintestato</strong>, una institución regulada en el <strong>Código Civil de España</strong> cuyo objetivo es determinar quiénes son los llamados a heredar cuando el causante no ha dispuesto de su patrimonio mediante testamento.</p>



<p>En estos supuestos, la ley sustituye la voluntad del fallecido estableciendo un <strong>orden legal de llamamiento de herederos</strong> y un procedimiento específico para acreditar dicha condición. En la práctica jurídica, esta situación genera con frecuencia <strong>procedimientos notariales y judiciales complejos</strong>, en los que intervienen profesionales del derecho como abogados y procuradores.</p>



<p>En este artículo analizamos el <strong>orden de herederos en España cuando no hay testamento, el procedimiento de declaración de herederos abintestato, los plazos relevantes y las principales cuestiones procesales</strong> que pueden surgir en este tipo de sucesiones.</p>



<h4 class="wp-block-heading">La sucesión intestada en el Código Civil: concepto y supuestos de apertura</h4>



<p>La sucesión intestada se regula en los artículos <strong>912 a 958 del Código Civil</strong>. El artículo 912 establece los supuestos en los que se abre la sucesión legal.</p>



<p>Conforme a dicho precepto, la sucesión legítima tiene lugar cuando:</p>



<ol type="1" start="1">
<li>Una persona fallece <strong>sin testamento</strong>.</li>



<li>El testamento es <strong>nulo o ha perdido su validez</strong>.</li>



<li>El testamento <strong>no dispone de todos los bienes del causante</strong>.</li>



<li>Falta la persona instituida heredera o esta <strong>repudia la herencia</strong>.</li>
</ol>



<p>En todos estos supuestos, la ley determina quiénes deben suceder al causante mediante un <strong>orden jerárquico de parentesco</strong>, que responde al principio de proximidad familiar.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Orden de herederos cuando no hay testamento</h3>



<p>El orden de llamamiento en la sucesión intestada se articula en varios niveles de parentesco, regulados en los artículos <strong>930 y siguientes del Código Civil</strong>.</p>



<h4 class="wp-block-heading">1. Descendientes</h4>



<p>Los <strong>hijos y demás descendientes</strong> del causante son los primeros llamados a la herencia (art. 930 CC).</p>



<p>La herencia se divide:</p>



<ul>
<li><strong>Por partes iguales entre los hijos</strong>.</li>



<li>En caso de que alguno haya fallecido previamente, sus descendientes heredan <strong>por derecho de representación</strong>.</li>
</ul>



<p>Este derecho de representación se regula en los artículos <strong>924 a 929 CC</strong>, permitiendo que los descendientes ocupen el lugar del ascendiente premuerto.</p>



<p><strong>Ejemplo práctico</strong></p>



<p>Si una persona fallece con dos hijos, pero uno de ellos ha fallecido previamente dejando dos hijos, la herencia se distribuye:</p>



<ul>
<li>50% para el hijo vivo.</li>



<li>25% para cada nieto.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">2. Ascendientes</h4>



<p>Si el causante <strong>no tiene descendientes</strong>, heredan los <strong>padres y demás ascendientes</strong> (art. 935 CC).</p>



<p>La regla general es:</p>



<ul>
<li>Si viven ambos padres → heredan <strong>por partes iguales</strong>.</li>



<li>Si vive solo uno → hereda <strong>toda la herencia</strong>.</li>
</ul>



<p>Si no existen padres, heredarán los <strong>abuelos u otros ascendientes</strong>, siguiendo el criterio de proximidad en grado.</p>



<h4 class="wp-block-heading">3. Cónyuge viudo</h4>



<p>El cónyuge viudo ocupa una posición particular en la sucesión intestada.</p>



<p>Según el artículo <strong>944 CC</strong>, el cónyuge hereda cuando:</p>



<ul>
<li>No existen <strong>descendientes ni ascendientes</strong>.</li>
</ul>



<p>Sin embargo, cuando existen descendientes o ascendientes, el cónyuge tiene derecho a un <strong>usufructo sobre parte de la herencia</strong>, conforme a los artículos <strong>834 y siguientes del Código Civil</strong>.</p>



<p>Concretamente:</p>



<ul>
<li>Con hijos → usufructo del <strong>tercio de mejora</strong>.</li>



<li>Con ascendientes → usufructo de <strong>la mitad de la herencia</strong>.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">4. Parientes colaterales</h4>



<p>Si no existen descendientes, ascendientes ni cónyuge, la herencia corresponde a los <strong>parientes colaterales</strong>.</p>



<p>El orden es:</p>



<ol type="1" start="1">
<li><strong>Hermanos e hijos de hermanos</strong> (arts. 946-948 CC)</li>



<li><strong>Tíos, primos y otros colaterales hasta el cuarto grado</strong></li>
</ol>



<p>Los hermanos heredan <strong>por cabezas</strong>, mientras que los hijos de hermanos lo hacen <strong>por representación</strong>.</p>



<h4 class="wp-block-heading">5. El Estado</h4>



<p>En ausencia de todos los anteriores, hereda el <strong>Estado</strong> (art. 956 CC).</p>



<p>En estos supuestos, el patrimonio se distribuye conforme a la normativa administrativa, destinándose una parte a instituciones benéficas y sociales.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img decoding="async" fetchpriority="high" width="1024" height="682" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-3-1024x682.jpg" alt="" class="wp-image-2346" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-3-1024x682.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-3-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-3-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-3-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-3.jpg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure></div>


<h3 class="wp-block-heading">Derecho de representación en la sucesión intestada</h3>



<p>El derecho de representación es una figura clave para entender el funcionamiento de la sucesión legal.</p>



<p>Permite que los descendientes de un heredero premuerto <strong>ocupen su lugar en la herencia</strong>, evitando que se rompa la línea sucesoria.</p>



<p>Se aplica principalmente en:</p>



<ul>
<li><strong>línea descendente</strong></li>



<li><strong>línea colateral respecto de hijos de hermanos</strong></li>
</ul>



<p>La jurisprudencia del <strong>Tribunal Supremo</strong> ha reiterado que el derecho de representación tiene como finalidad preservar la continuidad de la línea familiar en la sucesión.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Procedimiento de declaración de herederos abintestato</h3>



<p>Cuando no existe testamento, es necesario acreditar quiénes son los herederos mediante la <strong>declaración de herederos abintestato</strong>.</p>



<p>Desde la aprobación de la <strong>Ley de Jurisdicción Voluntaria</strong>, la mayoría de estos procedimientos se tramitan <strong>ante notario</strong>.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Competencia notarial</h4>



<p>El expediente se regula en la <strong>Ley del Notariado</strong>, concretamente en los artículos <strong>55 y siguientes</strong>.</p>



<p>Puede tramitarse ante el notario del lugar donde:</p>



<ul>
<li>el causante tuvo su <strong>último domicilio</strong></li>



<li>falleció</li>



<li>se encuentre la <strong>mayor parte del patrimonio</strong></li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Documentación necesaria</h4>



<p>Para iniciar el expediente es necesario aportar:</p>



<ul>
<li>Certificado de defunción</li>



<li>Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad</li>



<li>Certificados de nacimiento de los herederos</li>



<li>Libro de familia o documentación acreditativa del parentesco</li>



<li>Testigos que confirmen la relación familiar</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Tramitación del expediente</h4>



<p>El procedimiento incluye:</p>



<ol type="1" start="1">
<li><strong>Solicitud ante notario</strong></li>



<li><strong>Declaraciones testificales</strong></li>



<li>Publicación de anuncios si procede</li>



<li>Resolución notarial declarando herederos</li>
</ol>



<p>El plazo habitual de tramitación suele situarse <strong>entre tres y seis semanas</strong>, dependiendo de la complejidad del expediente.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Plazos fiscales en una herencia sin testamento</h4>



<p>La apertura de la sucesión genera obligaciones tributarias relevantes.</p>



<p>Entre ellas destacan:</p>



<h4 class="wp-block-heading">Impuesto sobre Sucesiones</h4>



<p>Regulado por la normativa autonómica, debe liquidarse en el plazo de <strong>seis meses desde el fallecimiento</strong>, prorrogables por otros seis meses.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Plusvalía municipal</h4>



<p>Si existen bienes inmuebles urbanos, puede devengarse el <strong>Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana</strong>.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-2-1024x574.jpg" alt="" class="wp-image-2347" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-2-1024x574.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-2-300x168.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-2-768x430.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2026/03/Testamento-2.jpg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure></div>


<h3 class="wp-block-heading">Conflictos judiciales derivados de la sucesión intestada</h3>



<p>Aunque la declaración de herederos suele resolverse por vía notarial, es frecuente que posteriormente surjan <strong>litigios entre coherederos</strong>.</p>



<p>Los más habituales son:</p>



<ul>
<li>desacuerdos en la <strong>partición de la herencia</strong></li>



<li>impugnación de la condición de heredero</li>



<li>ocultación de bienes</li>



<li>reclamaciones entre colaterales</li>
</ul>



<p>En estos casos puede iniciarse un procedimiento judicial de <strong>división de herencia</strong>, regulado en los artículos <strong>782 a 805 de la Ley de Enjuiciamiento Civil</strong>.</p>



<h3 class="wp-block-heading">El papel del procurador en los procedimientos sucesorios</h3>



<p>En los procedimientos judiciales derivados de una sucesión intestada, la intervención del procurador adquiere una relevancia esencial para el correcto desarrollo del proceso. En este contexto, el procurador actúa como representante procesal de los herederos ante los órganos judiciales, asumiendo la dirección formal de las actuaciones y garantizando que el procedimiento avance conforme a las exigencias procesales establecidas en la <strong>Ley de Enjuiciamiento Civil</strong>.</p>



<p>Su función no se limita únicamente a la representación en juicio, sino que también comprende el impulso procesal del procedimiento, asegurando la presentación de escritos, el cumplimiento de los plazos legales y la adecuada gestión de las notificaciones judiciales. Esta labor resulta especialmente relevante en procedimientos sucesorios complejos, donde la intervención de varios coherederos o la existencia de conflictos patrimoniales puede alargar considerablemente la tramitación.</p>



<p>Asimismo, el procurador desempeña un papel fundamental en la coordinación entre los abogados de las partes y los distintos órganos judiciales, facilitando la comunicación procesal y contribuyendo a que las actuaciones se desarrollen con la mayor eficacia posible. En procedimientos de división judicial de herencia, su intervención resulta particularmente relevante para garantizar el adecuado desarrollo de las distintas fases procesales, desde la formación del inventario hasta la eventual partición judicial del caudal hereditario, evitando dilaciones innecesarias y asegurando el cumplimiento riguroso de las formalidades procesales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Casos complejos en herencias sin testamento</h3>



<p>En la práctica jurídica existen situaciones especialmente complejas.</p>



<p><strong>Herederos desconocidos</strong></p>



<p>Puede ser necesario realizar <strong>averiguaciones genealógicas</strong> para determinar el parentesco.</p>



<p><strong>Conflictos entre colaterales</strong></p>



<p>Los procedimientos pueden prolongarse cuando existen <strong>numerosos herederos de distinto grado</strong>.</p>



<p><strong>Reclamaciones de herencia</strong></p>



<p>El heredero que considera vulnerados sus derechos puede ejercitar la <strong>acción de petición de herencia</strong>, con el fin de recuperar bienes indebidamente atribuidos a otros.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Profesionales especializados</h3>



<p>La sucesión intestada constituye un mecanismo legal destinado a garantizar la transmisión del patrimonio cuando el causante no ha otorgado testamento.</p>



<p>Sin embargo, la determinación del <strong>orden de herederos, la tramitación de la declaración de herederos abintestato y la eventual división judicial de la herencia</strong> pueden plantear importantes cuestiones jurídicas y procesales.</p>



<p>Por ello, contar con el <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/">asesoramiento de profesionales especializados</a> en derecho sucesorio resulta fundamental para evitar conflictos y garantizar una correcta tramitación del procedimiento.</p>
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		<item>
		<title>Derecho al olvido digital: qué es y cómo funciona</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/derecho-al-olvido-digital/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Dec 2024 16:13:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias de actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho al olvido digital]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En un mundo cada vez más interconectado, el Derecho al Olvido digital se ha convertido en una herramienta fundamental para proteger la privacidad de las personas. Este derecho, reconocido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2014 y regulado por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea,&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/derecho-al-olvido-digital/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Derecho al olvido digital: qué es y cómo funciona</span></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>En un mundo cada vez más interconectado, el <strong>Derecho al Olvido digital</strong> se ha convertido en una herramienta fundamental para proteger la privacidad de las personas. Este derecho, reconocido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2014 y regulado por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, permite a los ciudadanos solicitar la eliminación de información personal que resulte irrelevante u obsoleta, aunque su publicación original fuera legítima. Esta semana, es el tema del blog de <strong>Francisco Franco González</strong>, Procurador de los Tribunales.</p>



<p>El Derecho al Olvido otorga a las personas la posibilidad de <strong>impedir la difusión de su información personal en internet</strong> cuando esta no cumple con los principios de adecuación y pertinencia establecidos por la normativa vigente. Por ejemplo, si una información es antigua o ha perdido su relevancia pública, el afectado puede solicitar su eliminación.</p>



<p>Esto incluye casos donde la información publicada afecta negativamente la reputación de una persona o expone datos personales que ya no son necesarios para el propósito con el que fueron publicados. Este derecho también es aplicable en situaciones donde <strong>los datos se utilizaron para fines comerciales</strong> sin el consentimiento del afectado.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Libertad de Expresión vs. Derecho al Olvido</h3>



<p>Aunque este derecho y la libertad de expresión pueden entrar en conflicto, la normativa establece que el derecho a <strong>la información prevalece cuando los datos son veraces y tienen interés público</strong>. Sin embargo, el Derecho al Olvido toma prioridad en casos de informaciones difamatorias, insultantes o que difunden rumores infundados que afectan negativamente la reputación de una persona.</p>



<p>Un ejemplo común es el de individuos que desean eliminar información que ya no refleja su situación actual, como noticias sobre <strong>procesos judiciales antiguos</strong> que han sido resueltos o contenidos que muestran una imagen desactualizada de su vida personal o profesional.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="681" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-2-1024x681.jpg" alt="" class="wp-image-2135" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-2-1024x681.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-2-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-2-768x511.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-2-1536x1022.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-2.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cómo se puede ejercer el Derecho al Olvido?</h3>



<p>Para ejercer este derecho, se pueden seguir varios pasos:</p>



<ol type="1" start="1">
<li><strong>Solicitar la eliminación directamente a la fuente original</strong>: Contactar al medio digital, blog o red social donde se publicó la información.</li>



<li><strong>Dirigirse al motor de búsqueda</strong>: Presentar la solicitud a motores de búsqueda como Google para que dejen de mostrar la información en los resultados de búsqueda.</li>



<li><strong>Realizar ambas acciones simultáneamente</strong>: Contactar tanto a la fuente original como al motor de búsqueda.</li>



<li><strong>Documentar la solicitud</strong>: Acompañar la petición con pruebas claras de cómo la información afecta al solicitante, como capturas de pantalla y detalles sobre el impacto negativo.</li>
</ol>



<p>Tras recibir la solicitud, la entidad tiene un mes para responder. Si la respuesta es negativa o insatisfactoria, se puede acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que emitirá una resolución que, en caso de ser recurrida, será analizada por los tribunales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Un caso real de Derecho al Olvido</h3>



<p>Un ejemplo representativo es el caso de dos personas <strong>condenadas por tráfico de drogas en los años 80</strong>. La noticia de su arresto y condena seguía apareciendo en los primeros resultados de búsqueda, afectando su reputación personal y profesional. El Tribunal Supremo reconoció su Derecho al Olvido al considerar que, con el paso del tiempo, la relevancia de mantener esa información accesible disminuye considerablemente, especialmente si las personas ya no tienen interés público.</p>



<p>Otros casos frecuentes incluyen situaciones en las que se publican detalles privados en redes sociales o información médica sensible, lo que podría generar problemas laborales, familiares o sociales.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-1-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-2136" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-1-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-1-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-1-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-1-1536x1024.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-1-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/derecho-al-olvido-digital-1.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Retos y perspectivas del Derecho al Olvido</h3>



<p>El Derecho al Olvido plantea ciertos desafíos. Entre ellos, destaca la necesidad de garantizar un equilibrio justo entre la <strong>privacidad del individuo</strong> y el <strong>derecho del público a estar informado</strong>. Además, con el auge de la inteligencia artificial, podrían surgir nuevas dificultades en la identificación y eliminación de datos personales en grandes bases de información.</p>



<p>En el ámbito internacional, también se observa una falta de armonización en la aplicación de este derecho, lo que puede complicar el proceso para personas cuyos datos se encuentran alojados en servidores de diferentes países.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Aclaramos cualquiera de sus dudas</h3>



<p>El Derecho al Olvido digital es esencial para equilibrar la protección de la privacidad y el honor con la libertad de expresión e información. <strong>Cada caso requiere un análisis individualizado </strong>para determinar qué derecho debe prevalecer, haciendo de la intervención de un procurador una pieza fundamental en este proceso. Los ciudadanos deben estar informados sobre cómo ejercer este derecho y las herramientas legales disponibles para proteger su reputación en un mundo digital en constante evolución.</p>



<p>Si necesita &nbsp;cualquier orientación sobre el Derecho al Olvido digital,&nbsp;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/"><strong>no dude en contactar con nosotros</strong></a>. Como procuradores de los tribunales, estamos a su disposición para ayudarle a proteger sus derechos y superar este, a veces, complicado escenario legal.</p>
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		<title>Cómo obtener permisos de residencia y trabajo en España</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/permisos-de-resindencia-y-trabajo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Oct 2024 14:47:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[Permiso de Residencia]]></category>
		<category><![CDATA[Permiso de Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>España es un destino atractivo para aquellos que desean residir y trabajar en su territorio. Sin embargo, conseguir un permiso de residencia y trabajo puede depender de una variedad de factores personales y laborales. Para cada perfil de solicitante, existen diferentes opciones de acuerdo con la normativa de extranjería. A continuación, exploramos las vías más&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/permisos-de-resindencia-y-trabajo/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Cómo obtener permisos de residencia y trabajo en España</span></a></p>
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<p>España es un destino atractivo para aquellos que desean residir y trabajar en su territorio. Sin embargo, conseguir un <strong>permiso de residencia y trabajo</strong> puede depender de una variedad de factores personales y laborales. Para cada perfil de solicitante, existen diferentes opciones de acuerdo con la normativa de extranjería.</p>



<p>A continuación, exploramos las <strong>vías más comunes</strong> para obtener un permiso de residencia y trabajo en España, y los aspectos clave que debes tener en cuenta. Te lo contamos en el blog de Francisco Franco González, Procurador de los Tribunales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Factores clave para solicitar un permiso de residencia y trabajo en España</h3>



<p>Para poder solicitar un permiso de residencia o trabajo en España, es importante identificar las <strong>circunstancias personales</strong> que pueden influir en la solicitud. Algunas de las preguntas clave que debe hacerse son:</p>



<ul>
<li>¿Tiene familiares directos (españoles o europeos) que residan legalmente en España?</li>



<li>¿Su nacionalidad le permite acogerse a convenios internacionales con España?</li>



<li>¿Dispone de una oferta de trabajo válida en España o en un sector con puestos de difícil cobertura?</li>



<li>¿Su intención es invertir en España o simplemente residir acreditando ingresos económicos suficientes?</li>
</ul>



<p>Estas preguntas son determinantes para conocer cuál es la vía más adecuada para obtener el permiso de residencia y trabajo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="665" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-2-1024x665.jpg" alt="" class="wp-image-2102" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-2-1024x665.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-2-300x195.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-2-768x499.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-2-1536x998.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-2.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Principales permisos de residencia y trabajo</h3>



<p>La legislación española en materia de extranjería ofrece varias opciones que se ajustan a las circunstancias personales de los solicitantes. A continuación, se detallan las principales vías para obtener un permiso de residencia y trabajo.</p>



<h4 class="wp-block-heading">1. <strong>Permisos de residencia por familiares comunitarios o españoles</strong></h4>



<ul>
<li><strong>Tarjeta de residencia como familiar de comunitario</strong>: Si tienes un familiar directo (ascendientes, descendientes, cónyuge o pareja de hecho) que sea ciudadano de la Unión Europea o España, puedes solicitar esta tarjeta que permite residir y trabajar durante cinco años. Es necesario demostrar el vínculo familiar y cumplir con ciertos requisitos legales.</li>



<li><strong>Reagrupación familiar</strong>: Los extranjeros residentes en España pueden reagrupar a familiares directos tras haber residido legalmente en el país durante al menos un año y si tienen una autorización para residir por un año más. El permiso del familiar reagrupado tendrá la misma vigencia que el del reagrupante.</li>



<li><strong>Arraigo familiar</strong>: Este permiso se otorga a aquellos que son hijos de españoles originarios o padres de menores españoles. Los cónyuges y parejas de hecho también pueden beneficiarse de este permiso, que generalmente tiene una duración inicial de cinco años.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">2. <strong>Permisos de residencia por trabajo</strong></h4>



<p>Si no cuentas con familiares directos en España, otra vía común para obtener un permiso de residencia y trabajo es a través de una oferta laboral.</p>



<ul>
<li><strong>Permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena</strong>: Este tipo de permiso se solicita cuando se tiene una oferta de trabajo válida en España. La oferta debe ser para un empleo de al menos un año, y en muchos casos, se requiere que la ocupación esté incluida en el «Catálogo de Puestos de Difícil Cobertura», que se actualiza trimestralmente. Además, no todos los extranjeros están sujetos a la situación nacional de empleo; por ejemplo, los ciudadanos de Perú y Chile pueden beneficiarse de acuerdos especiales.</li>



<li><strong>Permiso de residencia para profesionales altamente cualificados</strong>: Bajo la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013), los trabajadores con alta cualificación pueden optar por este permiso. Es necesario que el empleo ofertado se ajuste al perfil de un trabajador altamente cualificado y que el contrato de trabajo cumpla con los requisitos específicos del sector. El permiso tiene una duración inicial de tres años, renovable por períodos de dos años.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">3. <strong>Permisos para emprendedores y trabajadores autónomos</strong></h4>



<p>España también ofrece oportunidades para aquellos que desean emprender o trabajar por cuenta propia. El permiso de residencia y trabajo por cuenta propia permite a los ciudadanos extracomunitarios establecerse en el país para desarrollar actividades comerciales o profesionales.</p>



<ul>
<li><strong>Permiso para trabajadores autónomos</strong>: Se requiere que el solicitante acredite que dispone de los recursos necesarios para iniciar su actividad. Este permiso puede tardar varios meses en procesarse y es necesario presentar un plan de negocio sólido, así como contratos de arrendamiento o licencias que demuestren que la actividad es viable.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">4. <strong>Permiso de residencia no lucrativa</strong></h4>



<p>Este permiso está destinado a personas que desean residir en España sin necesidad de trabajar. Para solicitarlo, es necesario demostrar que se poseen los medios económicos suficientes para mantenerse durante su estancia en el país, además de contratar un seguro médico privado.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-3-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-2103" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-3-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-3-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-3-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-3-1536x1024.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-3-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/10/residencia-y-trabajo-3.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Asesoría legal sobre permisos de residencia y trabajo</h3>



<p>El proceso para obtener un permiso de residencia y trabajo en España puede parecer complejo, pero <strong>las posibilidades son amplias y dependen en gran medida de las circunstancias individuales</strong> del solicitante. Si estás considerando mudarte a España para residir y/o trabajar, es importante que evalúes cuidadosamente cuál es la opción que mejor se ajusta a tu perfil y necesidades.</p>



<p>En <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/">Francisco Franco González</a>, Procurador de los Tribunales de Madrid, te asesoramos para que encuentres la mejor solución legal a tus necesidades de residencia y trabajo en España. Contáctanos para obtener una evaluación personalizada de tu situación y recibir el apoyo necesario para tramitar los permisos correspondientes.</p>
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		<title>Procurador en procesos de herencia y sucesión: Todos los beneficios y consideraciones adicionales</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/procesos-de-herencia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Aug 2024 11:22:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[Procesos de herencia y sucesión]]></category>
		<category><![CDATA[Procurador]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La gestión de una herencia es un proceso que puede llegar a ser extremadamente complejo y, en muchos casos, emocionalmente agotador. Contar con un procurador especializado en herencia y sucesiones puede marcar una gran diferencia en el éxito y la eficiencia del proceso, al garantizar que se cumplan todas las normativas legales y se respeten&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/procesos-de-herencia/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Procurador en procesos de herencia y sucesión: Todos los beneficios y consideraciones adicionales</span></a></p>
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<p>La gestión de una herencia es un proceso que puede llegar a ser extremadamente complejo y, en muchos casos, emocionalmente agotador. Contar con un procurador <strong>especializado en herencia y sucesiones</strong> puede marcar una gran diferencia en el éxito y la eficiencia del proceso, al garantizar que se cumplan todas las normativas legales y se respeten las últimas voluntades del difunto.</p>



<p>Así, en el artículo de la web de Francisco Franco González, (Procurador de los Tribunales en la Comunidad de Madrid) de esta semana, exploramos no solo los <strong>beneficios de contar con un procurador</strong>, sino también algunos aspectos adicionales que deben tenerse en cuenta. Para temas de herencias, siempre puedes contar con el servicio de <a href="https://www.expertoherencias.es/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">ExpertoHerencias</a>.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué es un Procurador para herencia y sucesiones?</h3>



<p>Un procurador es un profesional del derecho cuyo papel principal es la representación procesal de sus clientes ante los tribunales. En los procesos de herencia y sucesión, su función es clave, ya que se encarga de la <strong>gestión de todos los aspectos procesales y administrativos </strong>necesarios para la correcta distribución de la herencia según lo establecido por la ley y las últimas voluntades del fallecido.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-1-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-2079" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-1-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-1-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-1-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-1-1536x1025.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-1-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-1.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Beneficios de contar con un Procurador en procesos de herencia y sucesión:</strong></h3>



<ul>
<li><strong>Gestión eficiente de la documentación:</strong> El procurador se encarga de tramitar todos los documentos necesarios, asegurándose de que se presenten de manera adecuada y dentro de los plazos establecidos. Esto incluye desde la redacción de escritos hasta la recepción de notificaciones judiciales. Este aspecto es crucial, ya que cualquier error o retraso puede complicar o dilatar el proceso de sucesión.</li>



<li><strong>Conocimiento legal especializado:</strong> Los procuradores están altamente capacitados en las leyes que rigen las herencias y sucesiones, lo que les permite ofrecer un asesoramiento preciso sobre los derechos y obligaciones de los herederos. Además, están al tanto de las mejores estrategias para llevar a cabo la sucesión de manera eficiente y conforme a la normativa vigente.</li>



<li><strong>Reducción de errores y retrasos:</strong> Un procurador asegura que todos los pasos se realicen correctamente, minimizando los errores y contratiempos que podrían prolongar la distribución de la herencia. Esto es particularmente importante en procesos complejos donde intervienen múltiples herederos o bienes de difícil valoración.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Otros beneficios:</h3>



<ul>
<li><strong>Asesoramiento y representación en tribunales:</strong> Si surgen disputas entre herederos o complicaciones legales, el procurador puede representar a sus clientes en los tribunales, garantizando que los intereses de los herederos estén protegidos. Esto incluye la presentación de alegaciones, respuesta a demandas y participación en audiencias judiciales.</li>



<li><strong>Manejo de situaciones complejas:</strong> En casos donde la herencia incluye activos difíciles de valorar, como propiedades en el extranjero o negocios familiares, el procurador puede proporcionar el conocimiento especializado necesario para manejar estas situaciones de manera eficaz. Esto incluye la coordinación con otros profesionales, como notarios o expertos en fiscalidad internacional, para asegurar que todos los aspectos estén cubiertos.</li>



<li><strong>Reducción del estrés emocional:</strong> Delegar las tareas administrativas y procesales en un procurador permite a los herederos centrarse en el duelo y en el aspecto personal de la pérdida. Esta delegación reduce el estrés y asegura que el proceso se lleve a cabo de manera más tranquila y controlada.</li>



<li><strong>Costos claros y previsibles:</strong> Una ventaja significativa de trabajar con un procurador es la claridad en los costos. Los procuradores suelen ofrecer estructuras de tarifas transparentes, lo que permite a los herederos planificar mejor sus finanzas durante el proceso de sucesión. Además, aunque pueda parecer un gasto adicional, en muchas ocasiones, contar con un procurador puede ahorrar dinero a largo plazo al evitar errores costosos o demoras.</li>
</ul>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="645" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-2-1024x645.jpg" alt="" class="wp-image-2080" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-2-1024x645.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-2-300x189.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-2-768x484.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-2-1536x967.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/herencia-y-sucesion-2.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Aspectos adicionales a considerar</strong></h3>



<p>Además de los beneficios mencionados, es importante tener en cuenta que el papel del procurador va más allá de la mera representación legal. En muchos casos, actúan como <strong>intermediarios imparciales</strong>, facilitando la comunicación entre los herederos y ayudando a resolver conflictos de manera amistosa. También pueden coordinar con otros profesionales, como abogados o peritos, para asegurar que todos los aspectos del proceso sucesorio estén bien cubiertos.</p>



<p>En casos de <strong>herencias internacionales</strong>, donde los bienes se encuentran en diferentes países, el procurador puede colaborar con colegas en otras jurisdicciones para asegurar que todos los aspectos legales se manejen correctamente. Esto es especialmente importante para evitar problemas fiscales o legales que puedan surgir de la falta de coordinación entre diferentes sistemas legales.</p>



<p>Por último, es fundamental elegir un procurador con experiencia y <strong>especializado en herencias y sucesiones</strong>. Un buen procurador no solo facilitará el proceso, sino que también ofrecerá la tranquilidad de saber que todo se está manejando de acuerdo con la ley y con el menor estrés posible.</p>



<p>En resumen, contar con un procurador en procesos de herencia y sucesión ofrece múltiples beneficios, desde la gestión eficiente de la documentación hasta la representación legal en tribunales. Su conocimiento especializado y experiencia son esenciales para <strong>asegurar que el proceso se lleve a cabo de manera eficiente</strong>, conforme a la ley, y con la menor carga emocional posible para los herederos. Si tuvieras cualquier duda al respecto, puedes ponerte en contacto con <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/">Francisco Franco González</a>, Procurador de los Tribunales de la Comunidad de Madrid.</p>
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		<title>Diferencias entre propiedad y posesión: aspectos más relevantes</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/propiedad-y-posesion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Aug 2024 11:31:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[Propiedad y posesión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La diferencia entre propiedad y posesión es un tema jurídico fundamental, aunque a menudo puede generar confusión debido a su estrecha relación. Ambos conceptos se refieren a la relación entre una persona y un bien, pero tienen implicaciones legales muy distintas. En ocasiones, puedes ser propietario de un bien y además disfrutar de él, utilizarlo&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/propiedad-y-posesion/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Diferencias entre propiedad y posesión: aspectos más relevantes</span></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La diferencia entre <strong>propiedad</strong> y <strong>posesión</strong> es un tema jurídico fundamental, aunque a menudo puede generar confusión debido a su estrecha relación. Ambos conceptos se refieren a <strong>la relación entre una persona y un bien</strong>, pero tienen implicaciones legales muy distintas.</p>



<p>En ocasiones, puedes ser propietario de un bien y además disfrutar de él, utilizarlo y beneficiarte de lo que produzca, pero también puedes ser el propietario de ese mismo bien y no poseerlo, es decir, que sea otra persona quien lo utilice y se beneficie.</p>



<p>Por otra parte, también se puede poseer algo siendo propietario un tercero. Es un tema complicado, por lo que vamos a ver la importancia de conocer la diferencia entre propiedad y posesión. Por esta razón, queremos tratarlo en el <strong>blog de Francisco Franco González</strong>, Procurador de los Tribunales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Propiedad: El derecho de pleno dominio</h3>



<p>La <strong>propiedad</strong> es el derecho pleno y exclusivo que una persona tiene sobre un bien, lo que le permite disponer de él de la manera que considere conveniente, siempre que respete las leyes. Es el derecho más amplio y absoluto en cuanto a la disposición de un bien, lo que incluye la facultad de venderlo, donarlo, alquilarlo, o incluso destruirlo. La propiedad está protegida por la ley y se adquiere generalmente por medio de contratos, como la compraventa o la herencia. Un propietario tiene también la capacidad de reivindicar su bien si ha sido despojado de él, es decir, puede exigir su restitución mediante acciones legales.</p>



<p>Un ejemplo claro de propiedad es <strong>ser titular de una vivienda</strong>: puedes habitarla, arrendarla o venderla, y nadie puede privarte de ese derecho sin una causa legal justificada.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-1-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-2085" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-1-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-1-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-1-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-1-1536x1024.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-1-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-1.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Posesión: El derecho de uso y disfrute</h3>



<p>La <strong>posesión</strong>, por otro lado, se refiere al hecho de tener físicamente un bien y usarlo, independientemente de si se es el propietario o no. La posesión confiere al poseedor el derecho a usar y disfrutar del bien, pero no le otorga la plena facultad de disposición que tiene el propietario.</p>



<p>Un ejemplo clásico es el de <strong>un inquilino que alquila un piso</strong>. Aunque el inquilino posee el piso en el sentido de que lo ocupa y lo utiliza, no es el dueño del mismo, y debe devolverlo al propietario al finalizar el contrato de alquiler.</p>



<p>A diferencia de la propiedad, la posesión puede no estar acompañada de un título de propiedad, y puede ser más vulnerable en términos legales. Sin embargo, el poseedor también tiene derechos protegidos por la ley, como el de no ser despojado de la posesión sin un procedimiento legal adecuado. Como establece el <strong>art. 446 del Código Civil, </strong>los derechos del poseedor deben ser respetados y si no se cumple, la ley obliga a que se le restituya.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Reclamación de propiedad y posesión</h3>



<p>Cuando alguien se ve privado de la posesión de un bien, puede acudir a los llamados <strong>interdictos posesorios</strong>, procedimientos judiciales rápidos diseñados para restaurar la posesión de un bien que ha sido arrebatado o perturbado. Estos interdictos se centran en proteger el derecho de posesión sin entrar en la cuestión de quién es el propietario legítimo. Entre los interdictos más comunes están los de adquirir, recobrar, y retener la posesión:</p>



<ul>
<li><strong>Interdicto de adquirir: </strong>Se acude a él para obtener la posesión de algo recibido a través de una herencia.</li>



<li><strong>Interdicto de recobrar:</strong> Se trata de una situación en la que el poseedor es despojado totalmente de la posesión, y aparece en el Código Civil, en el art. 441, donde se establece que nadie puede hacerse con algo de manera violenta si ya tiene un poseedor que se opone.</li>



<li><strong>Interdicto de retener:</strong> Está regulado en el art. 606 del Código Civil y se produce cuando algo perturba la posesión, cuando otra persona nos perjudica en el disfrute de nuestra posesión. No nos la quita, ni impide que la utilicemos, solamente complica que lo hagas con normalidad.</li>
</ul>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-3-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-2086" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-3-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-3-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-3-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-3-1536x1024.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-3-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/08/propiedad-y-posesion-3.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Situación de «poseer en concepto de dueño»</h3>



<p>En algunos casos, una persona puede poseer un bien <strong>en concepto de dueño</strong>, es decir, comportarse y ser percibido como propietario aunque no lo sea legalmente. Esto sucede cuando alguien ocupa un bien de forma pública, pacífica y continua, actuando como si fuera el propietario durante un periodo de tiempo prolongado. Si estas condiciones se cumplen durante un tiempo suficiente, la ley puede incluso reconocer a esta persona como propietario mediante el fenómeno conocido como <strong>usucapión o prescripción adquisitiva</strong>. Algunos ejemplos de jurisprudencia:</p>



<ul>
<li>En una vivienda, la persona que vive en ella, actúa como su titular, realiza reformas, toma decisiones fundamentales, e incluso la alquila.</li>



<li>Un terreno en el que se trabaja y se recogen los frutos.</li>



<li>Los impuestos de los bienes inmuebles y de cualquier contribución, de los que se hace cargo.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Consideraciones legales adicionales</h3>



<p>En los casos en que se generan conflictos entre propiedad y posesión, es crucial contar con <strong>asesoramiento legal</strong> para proteger los derechos correspondientes y asegurar que se siguen los procedimientos adecuados. Por ejemplo, si un propietario descubre que otra persona está en posesión de su bien, puede necesitar iniciar un procedimiento judicial para recuperar su posesión. Por otro lado, un poseedor que ve amenazados sus derechos puede necesitar acudir a la justicia para proteger su posesión.</p>



<p>En resumen, aunque la propiedad y la posesión pueden coincidir en muchos casos, son conceptos jurídicos distintos con diferentes derechos y obligaciones. Entender esta diferencia es clave para manejar adecuadamente los derechos sobre un bien, ya sea que se trate de un inmueble, un vehículo, u otro tipo de propiedad. Si tuvieras cualquier duda al respecto, puedes ponerte en contacto con <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/"><strong>Francisco Franco González</strong></a>, Procurador de los Tribunales de la Comunidad de Madrid.</p>
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		<item>
		<title>¿Cómo puedo reclamar la comisión de apertura de mi hipoteca?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/como-puedo-reclamar-la-comision-de-apertura-de-mi-hipoteca/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Mar 2023 07:28:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias de actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El TJUE ha emitido una sentencia en la que determina que la comisión de apertura que cobran los bancos al emitir una hipoteca será abusiva cuando no se cumplan los requisitos de transparencia. Si es tu caso, te contamos cómo reclamarla.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/como-puedo-reclamar-la-comision-de-apertura-de-mi-hipoteca/">¿Cómo puedo reclamar la comisión de apertura de mi hipoteca?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://www.procuradordemadrid.com">Francisco Franco González</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Hasta la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria de 2019, las entidades financieras n<strong>o tenían restricciones a la hora de cobrar una comisión de apertura</strong></p>



<p>El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha emitido recientemente una sentencia, en la que ha determinado que la comisión de apertura que cobran los bancos al emitir una hipoteca será abusiva, cuando no se cumplan los <strong>requisitos de transparencia</strong>. Esta resolución también determina que la comisión de apertura de un crédito hipotecario no forma parte del objeto principal del contrato y, por tanto, se puede analizar si ha constituido una cláusula abusiva, al contrario de lo que estipula la jurisprudencia de nuestro país. Pero, <strong>¿cómo puedo reclamar la comisión de apertura de mi hipoteca?</strong> Te lo contamos.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="576" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/Nueva-sentencia-sobre-la-comision-de-apertura-de-la-hipoteca_Easy-Resize.com_-1024x576.jpg" alt="hipoteca-abusiva-procurador" class="wp-image-1867" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/Nueva-sentencia-sobre-la-comision-de-apertura-de-la-hipoteca_Easy-Resize.com_-1024x576.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/Nueva-sentencia-sobre-la-comision-de-apertura-de-la-hipoteca_Easy-Resize.com_-300x169.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/Nueva-sentencia-sobre-la-comision-de-apertura-de-la-hipoteca_Easy-Resize.com_-768x432.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/Nueva-sentencia-sobre-la-comision-de-apertura-de-la-hipoteca_Easy-Resize.com_.jpg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>A día de hoy, gran parte de los españoles adquieren algún inmueble para uso propio o como inversión y, uno de los métodos más usados para su financiación es el préstamo hipotecario. Lo que no es tan conocido por los usuarios de estos préstamos bancarios, es que incluyen la denominada comisión de apertura. <strong>Un porcentaje que las entidades financieras incorporan al importe de la hipoteca por la tramitación del préstamo</strong>. En definitiva, unos gastos que debe asumir el cliente a la hora de pedir o formalizar el crédito. Pero, veamos despacio en qué consiste y cómo podemos reclamarla.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es la comisión de apertura? Así funciona la Ley Hipotecaria de 2019</h2>



<p>Esta comisión de apertura es, por lo general, <strong>un porcentaje sobre el total del préstamo o hipoteca</strong>. La cobra el banco para cubrir gastos administrativos, de gestión y el estudio del préstamo, y <strong>se cobra una sola vez al inicio de la tramitación de la hipoteca</strong>. Como ejemplo, para una hipoteca de 100.000 euros que tiene una comisión de apertura del 1,5%, el cliente tendrá que abonar al banco 1.500 euros. Como normal general, el porcentaje que cobra suele oscilar entre <strong>el 0,5 y el 1%</strong>, sobre el capital concedido, o en su defecto un importe fijo.</p>



<p>Previamente a la entrada en vigor de la <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3814">Ley Hipotecaria de 2019</a>, las entidades financieras no tenían restricciones a la hora de cobrar una comisión de apertura. Pero, en ese momento, se eliminó la comisión que algunas de estas entidades cobraban por el estudio del préstamo, a pesar de que <strong>se mantiene la comisión de apertura con determinadas regulaciones y limitaciones</strong>. En la práctica, no afectó demasiado a los bancos, dado que muchos de ellos continúan cobrando estas comisiones.</p>



<p>A día de hoy, en 2023, hay entidades financieras que ofrecen hipotecas sin comisión de apertura, algo que <strong>los usuarios debemos preguntar en el momento de la solicitud</strong>. Igualmente, debemos tener en cuenta que hay muchas personas afectadas por la comisión por apertura de crédito hipotecario de entidades como Banco Santander, BBVA, Bankinter, Caixabank, Unicaja, Cajasur o Abanca.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Cómo puedo reclamar la comisión de apertura</h2>



<p>El TJUE, de acuerdo a esta última sentencia, ha confirmado la posibilidad de reclamar la devolución del gasto de la comisión de apertura “cuando incumpla los debidos controles de cláusulas abusivas exigidos por la Directiva Europea 93/13”. <strong>Esta acción es “imprescriptible”</strong>, por lo que no existe un plazo para reclamar y será posible hacerlo independientemente de cuándo se haya formalizado el préstamo.</p>



<p>En ese contexto, se puede iniciar una reclamación solicitando la devolución de los gastos de hipoteca, incluyendo además el importe abonado en concepto de comisión de apertura. Por otro lado, el afectado podrá comenzar un proceso solicitando la nulidad de la cláusula concreta que impone la comisión de apertura de forma individual.</p>



<p>En su caso, el usuario o consumidor deberá enviar un <strong>escrito al servicio al cliente de la entidad financiera,</strong> que haya facilitado la hipoteca y realizado el cobro de apertura. El banco dispondrá, a partir de ahí, de dos meses para contestar y, en caso de no obtener respuesta o negarse a realizar una devolución, el usuario podrá acudir, si así lo desea, a <strong>realizar una <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" rel="noreferrer noopener">demanda vía juzgado</a></strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Dónde comprobar si me han cobrado la comisión de apertura</h2>



<p>Para poder conocer si hemos pagado una comisión de apertura en nuestra hipoteca, debemos acudir al contrato firmado o <strong>Escritura de Préstamo Hipotecario</strong>, y ver lo que se refleja en el correspondiente apartado de las ‘comisiones’, que por lo general figura en el apartado 4º.</p>



<p>Entre otros aspectos, tenemos que tener en cuenta que deben especificar claramente a qué gestión pertenece dicho importe de forma clara y concisa. <strong>En el caso de que no aparezca reflejado, lo más probable es que tengamos una hipoteca sin comisiones</strong> en cuanto a gastos derivados de la apertura del préstamo, o que refleje que es 0%. </p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuándo la comisión de apertura se considera abusiva?</h2>



<p>El propio TJUE detalla que esta comisión puede ser abusiva <strong>en el momento en que se aplica indebidamente o con falta de transparencia</strong>. En el caso de que el banco <strong>no nos informe de forma clara</strong>, concreta y comprensible la aplicación de esta cuota, <strong>o si su cobro no corresponde con los servicios prestados</strong>. </p>



<p>Todo ello, debe estar por escrito en las cláusulas del préstamo y deben ser explicadas al consumidor. En casos como estos y fuera de estos condicionantes, <strong>se puede reclamar hasta el 100% de la comisión.</strong></p>



<h3 class="wp-block-heading">Si te has visto en esta situación y quieres reclamar la comisión de apertura de tu hipoteca, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo de forma presencial, llamarnos al 91 645 45 39 o escribirnos un correo a <a href="mailto:francoprocurador@madrid.cgpe.net">francoprocurador@madrid.cgpe.net</a>. </h3>



<h3 class="wp-block-heading">Estamos aquí para darte toda la tranquilidad que necesitas.</h3>
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		<title>Así afecta a las empresas la Ley Reguladora de la Protección de Informantes</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/asi-afecta-a-las-empresas-la-ley-reguladora-de-la-proteccion-de-informantes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Mar 2023 09:53:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias de actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Novedades legislativas]]></category>
		<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 21 de febrero se publicó en el BOE la Ley Reguladora de la Protección de Informantes para proteger a las personas que, en un contexto laboral o profesional, detectan infracciones penales o administrativas graves. Te contamos todos los detalle en este post.</p>
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<p>El pasado 21 de febrero, el BOE publicaba la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula la protección de aquellas personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Con su entrada en vigor, se suple la conocida como Directiva Whistleblowing, desde el 13 de marzo de 2023, fecha de su entrada en vigor.</p>



<figure class="wp-block-gallery has-nested-images columns-default is-cropped wp-block-gallery-1 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex">
<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="684" data-id="1856" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-anete-lusina-4792285-1024x684.jpg" alt="procurador-mostoles" class="wp-image-1856" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-anete-lusina-4792285-1024x684.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-anete-lusina-4792285-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-anete-lusina-4792285-768x513.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-anete-lusina-4792285-1536x1026.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-anete-lusina-4792285-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-anete-lusina-4792285.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
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<p></p>



<p>Esta norma tiene como objetivo proteger a las personas que, en un contexto laboral o profesional, <strong>detectan infracciones penales o administrativas graves o muy graves</strong> y las comuniquen a través de los mecanismos regulados por la misma. En cuanto a su ámbito de aplicación, protege a aquellos que informen sobre las infracciones del Derecho de la Unión, que prevé la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 y, además, a los que lo hagan por las mismas infracciones dentro de nuestro ordenamiento jurídico. De esta forma, obliga a determinados sujetos a contar con un <strong>sistema interno de información</strong>, así como de <strong>gestión y protección de los informantes</strong>, para evitar represalias.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿A quién protege el Sistema Interno de Información?</h2>



<p>La novedad más relevante de la nueva norma es la obligación para <strong>empresas de 50 o más trabajadores</strong>, de implantar el citado sistema de información, para garantizar la protección de los informantes. Para ello tienen un plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la Ley, aquellas empresas que tengan más de 249 personas en plantilla, y hasta el 1 de diciembre de 2023, las compañías con una plantilla entre 50 y 249 trabajadores.</p>



<p>La nueva Ley protege a los informantes, particularmente a personas trabajadoras, autónomas, accionistas, partícipes, miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de las empresas; también contratistas, subcontratistas y proveedores, hayan finalizado o estén por comenzar su relación comercial. Incluso lo hace a voluntarios, becarios y trabajadores en periodos de formación, tengan o no retribución. Esta lista se amplía a personas físicas que estén en el marco de la organización, las relacionadas con el informante que puedan sufrir represalias e incluso personas jurídicas para las que el informante trabaje. <strong>Durante dos años, el informante estará protegido</strong> frente a las medidas que pudieran adoptarse como represalia por la información revelada.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuáles son las obligaciones y requisitos del Sistema Interno de Información?</h2>



<p>La novedad más relevante de la nueva norma es la obligación para <strong>empresas de 50 o más trabajadores</strong>, de implantar el citado sistema de información, para garantizar la protección de los informantes. Para ello tienen un plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la Ley, aquellas empresas que tengan más de 249 personas en plantilla, y hasta el 1 de diciembre de 2023, las compañías con una plantilla entre 50 y 249 trabajadores.</p>



<p>La nueva Ley protege a los informantes, particularmente a personas trabajadoras, autónomas, accionistas, partícipes, miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de las empresas; también contratistas, subcontratistas y proveedores, hayan finalizado o estén por comenzar su relación comercial. Incluso lo hace a voluntarios, becarios y trabajadores en periodos de formación, tengan o no retribución. Esta lista se amplía a personas físicas que estén en el marco de la organización, las relacionadas con el informante que puedan sufrir represalias e incluso personas jurídicas para las que el informante trabaje. <strong>Durante dos años, el informante estará protegido</strong> frente a las medidas que pudieran adoptarse como represalia por la información revelada.</p>



<p>En primer lugar, los requisitos marcan que en el plazo de 7 días, desde la recepción de la información o comunicación, se deberá acusar recibo al informante. En segundo lugar, <strong>la gestión e investigación de las informaciones no podrá durar más de 3 meses</strong>, salvo en casos de especial complejidad, que se prorrogarán hasta 6. Igualmente, las empresas tienen la obligación de dar información y publicidad sobre el uso del canal interno y sobre los principios de su procedimiento de gestión.</p>



<p>En el caso de que la empresa disponga de página web, el canal deberá aparecer en la página de inicio, en una sección separada y fácilmente identificable. Igualmente el sistema deberá contar con un responsable, que además será directivo de la empresa, nombrado por el órgano de administración.</p>



<p>En cuanto al <strong>tratamiento de los datos personales</strong> en los canales de denuncia, se considera lícito cuando sea obligatorio disponer del sistema de información al ser necesario para el cumplimiento de una obligación legal. También es válido cuando no sea obligatorio, pero voluntariamente se decida crear uno, para satisfacer el interés público. Las empresas, por último, tendrán que registrar las informaciones recibidas y sus investigaciones internas en un registro privado.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-sora-shimazaki-5668869-1024x683.jpg" alt="procurador-madrid" class="wp-image-1857" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-sora-shimazaki-5668869-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-sora-shimazaki-5668869-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-sora-shimazaki-5668869-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-sora-shimazaki-5668869-1536x1024.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-sora-shimazaki-5668869-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/03/pexels-sora-shimazaki-5668869.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿A través de qué canales de información se puede dar cuenta de las infracciones?</h2>



<p>Las comunicaciones o informaciones de las infracciones o irregularidades se pueden llevar a cabo a través de diferentes canales. En primer lugar, el <strong>canal interno</strong> de la empresa o, en su defecto, el <strong>canal externo</strong> o Autoridad Independiente de Protección al Informante (AAI).</p>



<p>Pero también se puede realizar una <strong>revelación pública en plataformas web, redes sociales, medios de comunicación</strong> y otros, cuando los cauces internos o externos no hayan funcionado; cuando exista una amenaza inminente para el interés público; o cuando exista un riesgo de represalias o de un tratamiento no efectivo. Así, el órgano de administración de la empresa en el responsable de la implantación del sistema, previa consulta con la representación legal de las personas trabajadoras.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo se protege a los informantes con la nueva Ley?</h2>



<p>La Ley establece una serie de medidas y garantías para proteger a los informantes. En primer lugar, <strong>durante dos años, estarán protegidos frente a las medidas que pudieran adoptarse como represalia</strong> por la información revelada. De igual forma, cuando el informante haya demostrado razonablemente que ha comunicado o ha hecho una revelación pública y que ha sufrido un perjuicio, se presumirá en los <strong>procedimientos judiciales</strong> que el perjuicio se produjo como represalia, y corresponderá a la persona que haya tomado la medida perjudicial, probar que esa medida se basó en motivos justificados ajenos a la comunicación o revelación pública.</p>



<p>Por otra parte, los actos constitutivos de represalia serán nulos y darán lugar a medidas disciplinarias o de responsabilidad, incluyendo una <strong>indemnización</strong> de daños y perjuicios. Asimismo, los informantes, tal y como indica la norma, no infringirán las restricciones de revelación de información cuando efectúen la comunicación, siempre que existan motivos razonables para pensar que la comunicación o revelación pública de una información era necesaria.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué sanciones existen si no se cumple con la Ley Reguladora de la Protección de informantes?</h2>



<p>La Ley Reguladora de la Protección de Informantes establece un régimen sancionador propio, con multas a las personas físicas o jurídicas que cometan las infracciones tipificadas. Como ejemplo, constituye una infracción muy grave no tener implantado el sistema o adoptar represalias contra los informantes, <strong>sancionable con multa de 30.001 euros a 300.000 euros</strong> para las personas físicas y multa entre 600.001 euros y 1.000.000 de euros para las personas jurídicas.</p>



<p>Igualmente, se podrán imponer sanciones accesorias como la amonestación, la prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo de hasta 4 años, así como la <strong>prohibición de contratar con el sector público durante un periodo de 3 años</strong>. </p>



<h3 class="wp-block-heading">Si aún te quedaran dudas sobre la Ley Reguladora de la Protección de Informantes, puedes ponerte en contacto con <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" rel="noreferrer noopener">nosotros</a>, y te resolveremos cualquiera de ellas.</h3>
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		<title>3 preguntas que son ilegales en una entrevista de trabajo y por qué</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/3-preguntas-que-son-ilegales-en-una-entrevista-de-trabajo-y-por-que/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Feb 2023 11:00:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En una entrevista de trabajo existen preguntas que, aunque comunes, son ilegales. Te explicamos cúales son y por qué.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Una entrevista de trabajo es un encuentro o una reunión en la que una persona especialmente cualificada mantiene una conversación con alguien que aspira a un puesto de trabajo. También podemos identificarlo como el intercambio de ideas u opiniones entre dos o más personas, mediante una conversación formal. Todas las personas presentes en dicha reunión, dialogan sobre una cuestión determinada como, por ejemplo, las entrevistas laborales.</p>



<p>En una entrevista se pueden hacer miles de preguntas interesantes y necesarias para comprobar su desempeño en el trabajo, pero existen algunas cuestiones que aún hay que resolver dentro de las entrevistas de trabajo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1849" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Existen preguntas ilegales en una entrevista de trabajo?</h2>



<p>Según el <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229&amp;p=20110927&amp;tn=1#a14">artículo 14 de la Constitución Española</a> se prevé que los españoles son iguales ante la ley. Por eso mismo, no se puede prevalecer discriminación alguna por razón de raza, religión, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.</p>



<p>Es por eso que hay que tener claro que <strong>cualquier pregunta que traspase el ámbito privado y personal de una persona</strong> que está siendo entrevistada para el trabajo, es ilegal.</p>



<p>Por lo tanto, prevalece el derecho a la no discriminación de los candidatos y el proceso de selección debe ser reflejado por un principio de igualdad de trato y oportunidades a todos.</p>



<p>Como hemos comentado, una entrevista de trabajo debe ser una reunión sincera y respetuosa con el entrevistado. No hay derecho para discriminar a alguien por su condición física, su orientación, su estado civil, la etnia, la opinión política, etc. En ese sentido, la información que se debe solicitar en un proceso de selección de trabajo debe entrar en una <strong>información de carácter profesional</strong>. Se trata de conocer la idoneidad del candidato en función de la descripción del puesto de trabajo, pero nunca se puede cuestionar nada que no tenga que ver con ello.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Ejemplos de preguntas que son ilegales en una entrevista de trabajo</h2>



<p>Hay miles de ejemplos de preguntas que son ilegales dentro de las entrevistas de trabajo. No obstante, aquí te dejamos tres.</p>



<p>La primera pregunta es: <strong>“¿Crees en una religión y cuál es?” </strong>Este tipo de preguntas sobre la religión y creencias de las personas no es adecuada cuando hablamos de una entrevista de trabajo, puesto que nada tiene que ver con la forma en la que el entrevistado puede desempeñar su labor como empleado.</p>



<p>Una segunda pregunta que no debería de hacerse en una entrevista de trabajo va en relación con la <strong>orientación sexual</strong> del entrevistado. Esta pregunta es completamente innecesaria dentro de una entrevista de trabajo. Lo mismo que sucede en el caso anterior, su orientación no influye en el desempeño del trabajo.</p>



<p>Esta tercera pregunta puede ser hecha tanto a un chico o una chica, no obstante, es más habitual conocer casos en los que esta pregunta ha sido realizada a mujeres. En una entrevista de trabajo, tampoco deberían preguntar <strong>por el interés que uno tiene por tener hijos o por los planes de futuro</strong>.</p>



<p>Estas tres preguntas son innecesarias e ilegales. Sin embargo, muchos entrevistados esconden este tipo de preguntas dentro de <strong>charlas informales</strong>, para que nunca parezca una pregunta directa.</p>



<p>Por ejemplo, el propio entrevistador puede hacer comentarios como: “Vaya, estas vacaciones me voy con mis sobrinos a las islas. ¿Usted, a todo esto, tiene hijos?”</p>



<p>Este tipo de preguntas parecen inocentes, pero no lo son. Muchas veces hacen este tipo de cosas para que el entrevistado, sin darse cuenta, termine respondiendo.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué hacer si te hacen este tipo de preguntas?</h3>



<p>Este tipo de preguntas son muy habituales en una entrevista de trabajo, aunque no lo parezca. Por lo tanto, aquí te damos dos opciones, por si en cualquier caso, te encuentras en esta situación.</p>



<p>La primera opción es que intentes desviar la atención del entrevistado hacia otro lado. Cuando te encuentres en una situación como esa puedes evitar la pregunta que te ha hecho y, centrarte en seguir con lo que él te está diciendo. Por ejemplo, en el caso de que hable de que en las vacaciones va a cuidar a su sobrino y, te pregunta, a su vez, que si usted tiene hijos, puedes coger la primera parte y responder algo como:</p>



<p>“Yo también suelo cuidar algunos días de mi sobrino y, la verdad que suele ser fantástico”.</p>



<p>La segunda opción es denunciar a la empresa ante la inspección de trabajo cuando la pregunta es muy directa o crees que esa pregunta es innecesaria para el desarrollo de la actividad laboral a la que te has inscrito. Eso sí, hay que tener en cuenta que si tratamos de denunciar a una empresa, debemos de <strong>probar que estas preguntas se han planteado </strong>en la entrevista que has realizado. Por eso, hay que saber muy bien cómo actuar en la propia entrevista y fuera de ella.</p>



<p>No existe ningún caso particular en el que el entrevistador pueda hacer este tipo de preguntas. Sin embargo, sí que existen algunas excepciones, como puede ser la solicitud previa a la contratación del <strong>certificado de delitos de naturaleza sexual</strong>. No obstante, solo se puede pedir a aquellos trabajadores que ejerzan actividades profesionales u oficios que impliquen un contrato habitual con menores.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Si tienes dudas sobre este asunto, ponte en <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">contacto</a> con nosotros para que podamos asesorarte. Estaremos a tu lado para todo lo que necesites. </h3>
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		<title>¿Qué empresas deben cumplir con la Ley de protección de datos?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-empresas-deben-cumplir-con-la-ley-de-proteccion-de-datos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2023 13:30:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El inclumplimiento de la Ley de protección de datos puede suponer graves pérdida monetarias para una empresa. Por ello, te contamos qué corporaciones deben cumplirla y cómo deben hacerlo.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>La Ley de protección de datos se encarga de regular el tratamiento de nuestros datos personales fuera de Internet y especialmente dentro de ella. Para reducir el riesgo de fraude, acoso o extorsión, es importante utilizar la información de manera responsable y hacer todo lo posible para proteger los datos.</p>



<p>El punto de partida de la Ley de protección de datos es que los legisladores europeos deben proteger los datos personales de todos los usuarios. <strong>Se considera “dato personal” cualquier dato de información capaz de hacer identificada o identificable a una persona física</strong>. En otras palabras, deben considerarse datos de carácter personal aquellos datos que por sí mismos o en conjunción con otros datos comparables puedan permitir la identificación de una persona física.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/proteccion-datos-procurador-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1846" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/proteccion-datos-procurador-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/proteccion-datos-procurador-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/proteccion-datos-procurador-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/proteccion-datos-procurador.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué empresas están obligadas a cumplir con la Ley de protección de datos?</h2>



<p>Por un lado, el <strong>Reglamento General de Protección de Datos</strong> se aplica directamente a todos los estados miembros y es vinculante para todas las empresas a nivel mundial que procesan datos personales de ciudadanos europeos.</p>



<p>Por otro lado, la <strong>Ley Orgánica de Protección de Datos y Protección de los Derechos Digitales</strong> se aplica a todas las empresas españolas que vayan a tratar datos personales.</p>



<p>Todas las <strong>entidades privadas y públicas</strong>, así como las <strong>personas físicas o jurídicas</strong> <strong>que utilicen datos personales de terceros en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional están obligadas al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos</strong>.</p>



<p>En concreto se pueden señalar los que sí tienen la obligación de cumplir con la ley:</p>



<p>&#8211;&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Trabajadores autónomos</p>



<p>&#8211;&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Las Comunidades de propietarios</p>



<p>&#8211;&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Todas las sociedades mercantiles</p>



<p>&#8211;&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Administraciones públicas</p>



<p>&#8211;&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; La Comunidades de bienes</p>



<p>&#8211;&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Organismos públicos</p>



<p>&#8211;&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Asociaciones</p>



<p>&#8211;        Entidades sin ánimo de lucro</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo protegen las empresas los datos de las personas?</h2>



<p>Las empresas tienen la obligación de proteger los datos de las personas físicas con las que mantienen relaciones. Además, las empresas necesitan <strong>almacenar los datos correctamente</strong> para mantener la información segura. En lo que respecta al tratamiento de datos, las empresas deben asegurarse de que <strong>las partes implicadas den siempre su consentimiento explícito al tratamiento de sus datos</strong>. Esto incluye informar a los interesados ​​para qué se utilizarán sus datos (descuentos, promociones). <strong>Los datos no deben salir del espacio europeo en ningún caso</strong>, salvo que se garantice claramente su protección.</p>



<p>Es importante que las empresas cumplan con los requisitos marcados por las leyes y normativas de protección de datos. El incumplimiento de las leyes de protección de datos de la empresa puede suponer <strong>graves infracciones financieras</strong> con pérdidas que pueden alcanzar entre el 2 % y el 4 % de la facturación de la empresa o como se ha visto en ocasiones, con la pérdida de más de 10 y 20 millones de euros.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cuáles son los requisitos marcados por la Ley de protección de datos?</h3>



<p>Para que una empresa esté cumpliendo con la normativa debe de tener en cuenta estos requisitos que son imprescindibles:</p>



<ul><li>La empresa debe de tener el <strong>consentimiento expreso</strong> para la recogida de la información</li></ul>



<ul><li>Debe contar con un <strong>Registro de Actividades de Tratamiento</strong></li></ul>



<ul><li>Nombrar un <strong>encargado</strong> de tratamiento de los datos</li></ul>



<ul><li>Nombrar un <strong>Delegado de Protección de Datos</strong> </li></ul>



<ul><li>Garantizar los <strong>derechos digitales </strong></li></ul>



<h3 class="wp-block-heading">Déjanos cualquier pregunta sobre esta Ley en comentarios.</h3>
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		<title>¿Qué hago si necesito para mi propio uso la vivienda que tengo alquilada?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-hago-si-necesito-para-mi-propio-uso-la-vivienda-que-tengo-alquilada/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Feb 2023 10:47:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.procuradordemadrid.com/?p=1839</guid>

					<description><![CDATA[<p>Es normal que, en algún momento, un propietario que tiene en alquiler un piso termine necesitándolo para su uso particular o, incluso, para su familia. No obstante, puede que la falta de información lo disuade de iniciar trámites para recuperar el inmueble. O tal vez, sin darse cuenta, lo haga de forma fraudulenta. Antes de&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-hago-si-necesito-para-mi-propio-uso-la-vivienda-que-tengo-alquilada/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">¿Qué hago si necesito para mi propio uso la vivienda que tengo alquilada?</span></a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Es normal que, en algún momento, un propietario que tiene en alquiler un piso termine necesitándolo para su uso particular o, incluso, para su familia.</p>



<p>No obstante, puede que la falta de información lo disuade de iniciar trámites para recuperar el inmueble. O tal vez, sin darse cuenta, lo haga de forma fraudulenta. Antes de saber qué hacer para recuperar la vivienda que tienes alquilada, debemos de atender varias cuestiones.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-2-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1840" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-2-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-2-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-2-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-2.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Se puede reclamar un piso que está alquilado?</h2>



<p>La respuesta es que a veces sí se puede recuperar y reclamar la vivienda alquilada y <strong>en otras ocasiones no</strong>. Por eso mismo debemos de ser muy conscientes y fijarnos en tres puntos importantes.</p>



<p>1.&nbsp; &nbsp; &nbsp;Hay que tener en cuenta la fecha en la que se firmó el contrato. En España, hay que prestar atención a dos fechas. Una que es después de 2013 y, la otra fecha es después de 2019.</p>



<p>2.&nbsp; &nbsp; &nbsp; El segundo paso es saber qué tipo de contrato se tiene con el inquilino. Es decir, si se trata de un contrato inferior a 3 años o superior.</p>



<p>3.&nbsp; &nbsp; &nbsp; <strong>Será a partir de los dos datos anteriores cuando se podrá ver sí se puede reclamar el piso o no</strong>. Porque depende de la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU).</p>



<p><strong>La LAU estipula que el propietario puede requisar el apartamento para uso propio, de sus parientes cercanos (hijos, padres y cónyuge) o del ex cónyuge y sus hijos en caso de divorcio o separación</strong>. Además, solo tiene derecho a hacerlo si el titular es una persona física. No se permiten personas jurídicas. Cabe señalar que si la reclamación es justificada y correcta, el propietario o su familia tienen tres meses para mudarse al apartamento.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cómo reclamo un piso si el contrato se firmó después de 2013 y antes del 2019?</h3>



<p>En caso de que el contrato se firmase en este periodo de tiempo , podrá hacerse de manera más sencilla, siempre y cuando el contrato sea inferior a los tres años. Si es superior, la cosa cambia un poco. Vamos a ver cada caso para entenderlo mejor.</p>



<ul><li>Con contrato inferior a 3 años</li></ul>



<p>La LAU de los años 2013 hasta 2019 contemplaba que el propietario podía reclamar el piso para uso propio o familiar una vez finalizado el año o dos de contrato, si así lo deseaba.</p>



<p>Por lo tanto, si el contrato es de un año, el propietario, a partir de los 12 meses, puede reclamar la vivienda para su uso propio o familiar. En cambio, si el contrato es de dos años, hasta pasados los 24 meses, el propietario no podrá reclamar la vivienda para su uso.</p>



<p>No obstante, siempre, es decir, en cualquier circunstancia, <strong>el propietario tendrá que avisar con un mínimo de dos meses de antelación al inquilino</strong>. Y, aunque en la LAU no esté estipulado, es preferible que se haga de forma que quede registrado, ya que si esto ocurre, puede que el inquilino alegue que no se le avisó de nada.</p>



<ul><li>Con contrato superior a los 3 años</li></ul>



<p>En el caso de que se trate de un contrato de más de 3 años, el propietario no podrá reclamar el piso para el uso propio o familiar. En el único caso que se permitiría sería <strong>si se ha pactado previamente en el contrato</strong>.</p>



<p>En caso de que no haya nada estipulado, ni previamente hablado y escrito por el propietario al inquilino, <strong>no se podrá recuperar la vivienda hasta que finalicen los años establecidos en el contrato.</strong></p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Y si el contrato se firmó a partir de 2019?</h3>



<p>La reforma del artículo 9.3 de la LAU, que fue modificada por el Real Decreto Ley 7/2019, se aplica directa y exclusivamente a los contratos celebrados a partir del 6 de marzo de este año en adelante.</p>



<p>Mediante esta nueva reforma el propietario <strong>puede y debe constar expresamente una cláusula que posibilite recuperar la vivienda por necesidad</strong>. Está claro que si no aparece esta cláusula propiamente establecida en el contrato, el arrendador no podrá hacerse de nuevo con la vivienda hasta que no termine dichos años de contrato del alquiler.</p>



<p>Asimismo, si quieres alquilar tu vivienda, asegúrate de que está la cláusula expresamente establecida, porque sino no tendrás la oportunidad de recuperar el domicilio alquilado.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Si necesitas ayuda para recuperar tu piso alquilado o para tener una asesoría legal para realizar o comprender un contrato de alquiler, contacta con nosotros.</h3>
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