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	<title>particulares archivos - Francisco Franco González</title>
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	<description>Procurador de los Tribunales</description>
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	<title>particulares archivos - Francisco Franco González</title>
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		<title>3 preguntas que son ilegales en una entrevista de trabajo y por qué</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Feb 2023 11:00:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
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		<category><![CDATA[particulares]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En una entrevista de trabajo existen preguntas que, aunque comunes, son ilegales. Te explicamos cúales son y por qué.</p>
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<p>Una entrevista de trabajo es un encuentro o una reunión en la que una persona especialmente cualificada mantiene una conversación con alguien que aspira a un puesto de trabajo. También podemos identificarlo como el intercambio de ideas u opiniones entre dos o más personas, mediante una conversación formal. Todas las personas presentes en dicha reunión, dialogan sobre una cuestión determinada como, por ejemplo, las entrevistas laborales.</p>



<p>En una entrevista se pueden hacer miles de preguntas interesantes y necesarias para comprobar su desempeño en el trabajo, pero existen algunas cuestiones que aún hay que resolver dentro de las entrevistas de trabajo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" fetchpriority="high" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1849" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/procurador-madrid.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Existen preguntas ilegales en una entrevista de trabajo?</h2>



<p>Según el <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229&amp;p=20110927&amp;tn=1#a14">artículo 14 de la Constitución Española</a> se prevé que los españoles son iguales ante la ley. Por eso mismo, no se puede prevalecer discriminación alguna por razón de raza, religión, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.</p>



<p>Es por eso que hay que tener claro que <strong>cualquier pregunta que traspase el ámbito privado y personal de una persona</strong> que está siendo entrevistada para el trabajo, es ilegal.</p>



<p>Por lo tanto, prevalece el derecho a la no discriminación de los candidatos y el proceso de selección debe ser reflejado por un principio de igualdad de trato y oportunidades a todos.</p>



<p>Como hemos comentado, una entrevista de trabajo debe ser una reunión sincera y respetuosa con el entrevistado. No hay derecho para discriminar a alguien por su condición física, su orientación, su estado civil, la etnia, la opinión política, etc. En ese sentido, la información que se debe solicitar en un proceso de selección de trabajo debe entrar en una <strong>información de carácter profesional</strong>. Se trata de conocer la idoneidad del candidato en función de la descripción del puesto de trabajo, pero nunca se puede cuestionar nada que no tenga que ver con ello.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Ejemplos de preguntas que son ilegales en una entrevista de trabajo</h2>



<p>Hay miles de ejemplos de preguntas que son ilegales dentro de las entrevistas de trabajo. No obstante, aquí te dejamos tres.</p>



<p>La primera pregunta es: <strong>“¿Crees en una religión y cuál es?” </strong>Este tipo de preguntas sobre la religión y creencias de las personas no es adecuada cuando hablamos de una entrevista de trabajo, puesto que nada tiene que ver con la forma en la que el entrevistado puede desempeñar su labor como empleado.</p>



<p>Una segunda pregunta que no debería de hacerse en una entrevista de trabajo va en relación con la <strong>orientación sexual</strong> del entrevistado. Esta pregunta es completamente innecesaria dentro de una entrevista de trabajo. Lo mismo que sucede en el caso anterior, su orientación no influye en el desempeño del trabajo.</p>



<p>Esta tercera pregunta puede ser hecha tanto a un chico o una chica, no obstante, es más habitual conocer casos en los que esta pregunta ha sido realizada a mujeres. En una entrevista de trabajo, tampoco deberían preguntar <strong>por el interés que uno tiene por tener hijos o por los planes de futuro</strong>.</p>



<p>Estas tres preguntas son innecesarias e ilegales. Sin embargo, muchos entrevistados esconden este tipo de preguntas dentro de <strong>charlas informales</strong>, para que nunca parezca una pregunta directa.</p>



<p>Por ejemplo, el propio entrevistador puede hacer comentarios como: “Vaya, estas vacaciones me voy con mis sobrinos a las islas. ¿Usted, a todo esto, tiene hijos?”</p>



<p>Este tipo de preguntas parecen inocentes, pero no lo son. Muchas veces hacen este tipo de cosas para que el entrevistado, sin darse cuenta, termine respondiendo.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué hacer si te hacen este tipo de preguntas?</h3>



<p>Este tipo de preguntas son muy habituales en una entrevista de trabajo, aunque no lo parezca. Por lo tanto, aquí te damos dos opciones, por si en cualquier caso, te encuentras en esta situación.</p>



<p>La primera opción es que intentes desviar la atención del entrevistado hacia otro lado. Cuando te encuentres en una situación como esa puedes evitar la pregunta que te ha hecho y, centrarte en seguir con lo que él te está diciendo. Por ejemplo, en el caso de que hable de que en las vacaciones va a cuidar a su sobrino y, te pregunta, a su vez, que si usted tiene hijos, puedes coger la primera parte y responder algo como:</p>



<p>“Yo también suelo cuidar algunos días de mi sobrino y, la verdad que suele ser fantástico”.</p>



<p>La segunda opción es denunciar a la empresa ante la inspección de trabajo cuando la pregunta es muy directa o crees que esa pregunta es innecesaria para el desarrollo de la actividad laboral a la que te has inscrito. Eso sí, hay que tener en cuenta que si tratamos de denunciar a una empresa, debemos de <strong>probar que estas preguntas se han planteado </strong>en la entrevista que has realizado. Por eso, hay que saber muy bien cómo actuar en la propia entrevista y fuera de ella.</p>



<p>No existe ningún caso particular en el que el entrevistador pueda hacer este tipo de preguntas. Sin embargo, sí que existen algunas excepciones, como puede ser la solicitud previa a la contratación del <strong>certificado de delitos de naturaleza sexual</strong>. No obstante, solo se puede pedir a aquellos trabajadores que ejerzan actividades profesionales u oficios que impliquen un contrato habitual con menores.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Si tienes dudas sobre este asunto, ponte en <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">contacto</a> con nosotros para que podamos asesorarte. Estaremos a tu lado para todo lo que necesites. </h3>
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		<title>¿Quién se queda con la mascota tras un divorcio?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/quien-se-queda-con-la-mascota-tras-un-divorcio/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Feb 2023 14:07:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un divorcio no solo es la disolución de dos personas por algunas circunstancias. El divorcio va más allá cuando hay hijos y mascotas que conviven con ellos. Te contamos todo lo que necesitas saber.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Un divorcio no solo es la disolución de dos personas por algunas circunstancias. El divorcio va más allá cuando hay hijos y mascotas que conviven con ellos. Es muy habitual preguntarse qué pasa con las mascotas cuando dos personas se separan. Por eso mismo, <strong>aquí te explicamos qué hay que hacer y quién se queda las mascotas en caso de divorcio</strong>.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-1-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1836" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-1-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-1-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-1-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/02/Blog-procurador-1.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es un divorcio?</h2>



<p>Es la disolución del matrimonio entre dos personas legalmente concluido en tiempo anterior, ya sea por voluntad de ambos cónyuges o por voluntad de uno de ellos, siempre que hayan transcurrido al menos tres meses desde ese momento.</p>



<p>El cónyuge es la única persona con derecho a iniciar un proceso de divorcio. Este es un acto muy personal y desaparecerá con la muerte o declaración de muerte de cualquiera de las partes o la renuncia o retiro del solicitante.</p>



<p>De esta forma, a partir de la fecha de emisión de la resolución judicial resuelta por el tribunal, las partes dejarán de tener los derechos y deberes inherentes al matrimonio (derecho a percibir pensión de viudedad, derecho de herencia, deber de fidelidad, etc.), salvo los deberes del cónyuge para con los hijos, porque estas obligaciones no se relacionan con el matrimonio sino con el parentesco.</p>



<p>Por ende, es la forma jurídica de poner fin al pacto por el que las partes se prometieron, en algún momento, ser el uno para el otro.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué tipos de divorcio existen?</h2>



<p>Según el<a href="https://www.vademecumlegal.es/legislacion/articulo-86-codigo-civil"> artículo 86 del Código Civil</a> puede decretarse jurídicamente, cualquiera que sea la forma de su celebración, de las formas que mostramos a continuación:</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Divorcio de mutuo acuerdo</strong>:</h3>



<p>El divorcio de mutuo acuerdo o el consensual es en el que existe <strong>voluntad por ambos cónyuges de proceder a él</strong>. Este tipo de divorcio es la vía más rápida para el cese legal del matrimonio, así como sus efectos. Esto es así porque se lleva a cabo de forma amistosa entre los dos. Aunque no hace falta alegar una causa para tramitar un divorcio, si que hay que tener en cuenta adjuntar una propuesta de convenio regulador en el caso de los hijos y el reparto de bienes, aquí entrarían también las mascotas.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Divorcio contencioso:</h3>



<p>Este divorcio se crea cuando <strong>no hay un acuerdo entre ambos cónyuges en solicitar el mismo</strong>. En el caso del divorcio puede formularse por uno solo de los cónyuges sin el consentimiento del otro. Este tipo de divorcios son más complicados de tramitar porque al no tratarse de un mutuo acuerdo el procedimiento cambia bastante de uno al otro. En estos casos, es necesario contar con los servicios de un abogado y un procurador.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Quién se queda con las mascotas en el divorcio?</h2>



<p>Según la última reforma del Código Civil, el pasado mes de diciembre en referencia a los animales de compañía, <strong>las mascotas han pasado a ser un ser por el que la pareja deberá de presentar un convenio regulador para ver quién va a ser el responsable de seguir cuidando del animal o los animales</strong>, cuál va a ser el régimen de visitas o quien correrá con los gastos asociados al cuidado del animal.</p>



<p>Asimismo, los animales han pasado a ser “seres sintientes” y para ello se ha creado una nueva definición legal: esta reforma de<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-20727"> la Ley 17/2021, de 15 de diciembre</a>, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el nuevo régimen jurídico de los animales.</p>



<p>Este cambio supone que los animales no pasen a ser propiedad de los adquirentes en caso de reparto de bienes por separación o divorcio. Ellos tendrán en cuenta su conexión emocional y bienestar, <strong>de forma similar a la custodia de los hijos</strong>. Así, la custodia compartida de las mascotas será común sin importar quién haya “adoptado o comprado” el animal, y la propiedad es irrelevante en ese sentido.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué es una propuesta de convenio regulador?</h3>



<p>Un acuerdo de custodia es <strong>un documento en el que los cónyuges acuerdan las consecuencias personales y financieras de una separación o divorcio</strong>. El contenido se acuerda de común acuerdo y obliga a la disolución del matrimonio o de la relación.</p>



<p>El Código Civil otorga a los cónyuges el derecho a hacer frente a las consecuencias de la separación o el divorcio. Para ello, deben estar documentados en un acuerdo de custodia y aprobado por ambos cónyuges.</p>



<p>En caso de que <strong>no haya mutuo acuerdo</strong>, será el juez el que decida el tipo de custodia teniendo en cuenta aquello que sea lo mejor para el animal. </p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Necesitas a un procurador para divorciarte?</h3>



<p>Cuando se trata de una separación o un divorcio es fundamental que haya un profesional para regular el procedimiento de la mejor forma posible.</p>



<p>Si estás buscando un <strong>procurador</strong> puedes <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/">contactar con nosotros</a>. Te ayudaremos en todo lo que necesites.</p>
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		<title>¿Se puede comprar una casa con criptomonedas?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/se-puede-comprar-una-casa-con-criptomonedas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Jan 2023 17:27:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias de actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Quieres comprar una casa? ¿Quieres comprar la vivienda con criptomonedas? ¿Puede comprarse una casa con criptomonedas? En este artículo te contamos todo lo que tienes que saber sobre este tema. ¿Qué es la criptomoneda? Una criptomoneda es un activo digital que utiliza encriptación criptografía para garantizar su propiedad y asegurar la integridad de las transacciones&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/se-puede-comprar-una-casa-con-criptomonedas/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">¿Se puede comprar una casa con criptomonedas?</span></a></p>
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<p>¿Quieres comprar una casa? ¿Quieres comprar la vivienda con criptomonedas? ¿Puede comprarse una casa con criptomonedas? En este artículo te contamos <strong>todo lo que tienes que saber sobre este tema</strong>.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/1-2-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1827" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/1-2-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/1-2-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/1-2-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/1-2.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es la criptomoneda?</h2>



<p>Una criptomoneda es un <strong>activo digital </strong>que utiliza encriptación criptografía para garantizar su propiedad y asegurar la integridad de las transacciones y controlar la creación de unidades adicionales, es decir, para evitar que alguien haga copias como nosotros, como fotocopias. Estas monedas no existen en forma física: se almacenan en billeteras digitales.</p>



<p>Es decir, la criptomoneda o también conocida como criptodivisa es <strong>un tipo de moneda digital</strong> que utiliza la criptografía para proporcionar un sistema de pago de manera segura.</p>



<p>Estas monedas no existen de forma física, pero también sirven de forma de moneda de cambio. Asimismo, permite transacciones instantáneas a través de Internet y sin importar las fronteras.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo funcionan las criptomonedas?</h2>



<p>Las criptomonedas tienen varias características que las distinguen de los sistemas tradicionales: no están reguladas ni controladas por ninguna institución, y no requieren intermediarios en las transacciones. Se utilizan bases de datos descentralizadas, cadenas de bloques o libros de contabilidad compartidos para controlar estas transacciones. Las criptomonedas no se consideran una forma de pago según las regulaciones, no están respaldadas por un banco central u otra autoridad pública y no están protegidas por mecanismos de protección al cliente, como fondos de garantía de depósitos o garantías de inversores de fondos.</p>



<p>Cuando se trata de la operación de estas monedas digitales, es muy importante recordar que después de realizar una transacción con criptomonedas, es decir, comprar o vender activos digitales, <strong>no se puede cancelar la operación</strong>, debido a que el <em>blockchain</em> es un registro que no permite borrar datos. Para «revertir» una transacción, se debe ejecutar la transacción opuesta. Dado que estas monedas no están físicamente disponibles para almacenar, se debe usar un servicio de billetera digital de criptomonedas que no esté regulado.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cómo se delimita el valor de las criptomonedas?</h3>



<p><strong>El valor de las criptomonedas cambia según la oferta, la demanda y la participación del usuario</strong>. Este valor se crea en ausencia de mecanismos efectivos para evitar su manipulación, como en los mercados de valores regulados. En muchos casos, los precios también se crean sin información pública que los respalde. Te recomendamos leer el <a href="https://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/NotasInformativas/22/presbe2022_19.pdf" target="_blank" data-type="URL" data-id="https://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/NotasInformativas/22/presbe2022_19.pdf" rel="noreferrer noopener">comunicado del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)</a> sobre los riesgos de comprar criptomonedas.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Dónde puedo conseguir monedas digitales?</h3>



<p>La forma más común de comprar Bitcoin, Ethereum, Ripple (XRP) y/o cualquier otra moneda digital es a través de un <strong>intercambio</strong>. También se pueden comprar en <strong>cajeros automáticos de criptomonedas</strong> dedicados, o alguien puede enviarlos directamente a su <strong>billetera electrónica</strong>. Elegir un intercambio es un tema muy delicado, ya que algunos de ellos no están realmente protegidos técnicamente. Muchos tienen bajos niveles de seguridad, lo que los convierte en un objetivo fácil para los piratas informáticos, lo que hace que pierdas tus monedas sin posibilidad de recuperarlas porque no tienen fondos garantizados para cubrir tu inversión.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/2-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1828" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/2-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/2-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/2-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/2.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Puedo comprar una casa con criptomonedas?</h2>



<p>Si tu duda es si se puede comprar una casa mediante las criptomonedas, debes saber que <strong>sí es posible hacer la compra de una casa con monedas digitales</strong>. No obstante, no es muy habitual aún en el mercado.</p>



<p><strong>La legislación española no prohíbe tales acciones siempre que el comprador y el vendedor acuerden la forma de pago</strong>. Hay que tener en cuenta que la sociedad se desarrolla más rápido que la normativa. Como tal, algunos aspectos de las criptomonedas aún están poco regulados. Los compradores pueden convertir sus criptomonedas a euros para comprar una casa de forma segura utilizando criptomonedas. Esta acción se puede obtener de la empresa de conversión para después pasar por el procedimiento correcto con la oficina de impuestos. </p>



<p>Para que estas operaciones se realicen correctamente, <strong>es necesario vincularlas a las monedas proporcionadas por los bancos centrales</strong>. Es decir, el dinero «regular» que usa el mundo todos los días (Euros, Dólares, Libras&#8230;)</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Es una forma segura de compra y venta de viviendas?</h3>



<p>Por un lado se podría decir que comprar una vivienda a través de las criptomonedas es una forma rápida y segura. No obstante, hay algunas cosas que debes tener en cuenta:</p>



<p>Una desventaja es la <strong>volatilidad</strong> asociada con estos activos: ¿Has oído hablar de qué es un <em>Criptocrash</em>? El <em>criptocrash</em> es el descenso rápido, brusco e inesperado de los precios de las acciones<strong>. </strong>Es decir, la pérdida del valor en pocos días de la moneda digital. El 12 de mayo de 2020, las criptomonedas perdieron $200 mil millones en un día. Bitcoin cayó casi un 20% en pocos días, mientras que Solana cayó un 46%. El valor de las criptomonedas es muy inestable, lo que puede generar desconfianza en su funcionamiento y sus operaciones.</p>



<p>Y otra de las desventajas es la <strong>complejidad de estos procesos </strong>(no apto para principiantes): Conceptos como <em>blockchain</em>, <em>wallet</em>, <em>bitcoin</em> y su funcionamiento interno no son para todos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Si todavía te queda alguna duda, déjanosla en comentarios y estaremos encantados de responderte.</h3>
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		<title>5 motivos legales para desahuciar a un inquilino</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/5-motivos-legales-para-desahuciar-a-un-inquilino/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Jan 2023 08:41:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Tienes una casa alquilada y no sabes cuándo podrías comenzar un desahucio legal contra un inquilino? Aquí te dejamos 5 motivos por los cuales puedes hacerlo con plenas garantías.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>¿Tienes una casa alquilada y no sabes cuándo podrías comenzar un desahucio legal contra un inquilino? Aquí te dejamos 5 motivos por los cuales puedes hacerlo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/desahucio-legal-procurador-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1823" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/desahucio-legal-procurador-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/desahucio-legal-procurador-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/desahucio-legal-procurador-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2023/01/desahucio-legal-procurador.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">1. Desahucio por impago de alquiler</h2>



<p>Uno de los motivos más evidentes del proceso de desalojo es <strong>por falta de pago de la renta</strong>. Se trata de un proceso legal por el que debe pasar el arrendador o dueño de una casa o de un local, para que un juez le quite el inmueble al inquilino que no paga y se lo devuelva al dueño.</p>



<p>Es común que los propietarios intenten arreglar las cosas de manera amistosa antes de presentar una demanda de desalojo, pero aquí nos centraremos en lo que debe hacerse antes y en el momento de presentar la demanda.</p>



<p>El arrendador tiene que comunicar de manera precisa y concisa al inquilino la cantidad adeudada, y el plazo que tiene para pagarla.</p>



<p>Independientemente del tamaño de la deuda, tanto el abogado como el procurador deben firmar el <strong>aviso de desalojo por falta de pago</strong>, después de pasado el tiempo. La carta deberá de presentarse en la dirección de la casa o en el tribunal de la ciudad donde se encuentra la vivienda.</p>



<p>Además de la solicitud de desahucio, se debe enviar una <strong>copia del contrato de arrendamiento </strong>(no suele ser necesario el original). Si no hay contrato, debe proporcionar documentación sobre el alquiler: como correos electrónicos, cheques bancarios para pagos de alquiler, etc.</p>



<p>Es muy interesante que el abogado presente un poder general junto con la solicitud de aplazamiento, ya que te proporciona 15 o 20 días y <strong>agiliza el proceso</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">2. Desahucio por la realización de actividades molestas, insalubres o peligrosas.</h2>



<p>Otro de los motivos más frecuentes del desalojo es causado por el ruido del inquilino. En este caso, <strong>las molestias causadas a los demás vecinos pueden ser una de las consecuencias del desahucio</strong>.  </p>



<p>Los tribunales son cada vez más conscientes de los problemas asociados con las molestias, la actividad anticívica o el ruido que pueden causar daños a otros residentes de la comunidad de propietarios-ocupantes. Esto ha provocado un aumento del número de órdenes de desalojo temporal. <strong>La Sección 7 de la Ley de Propiedad Horizontal </strong>establece acciones legales para detener la actividad molesta.</p>



<p>Cuando se alquila un inmueble para vivir en él y no se utiliza como vivienda, sino como bien para <strong>actividades empresariales</strong>, también deben cumplir con las normas. En caso contrario, pasará por el mismo procedimiento que las viviendas.</p>



<h2 class="wp-block-heading">3. Desahucio tras el final de un contrato</h2>



<p>Los conflictos de alquileres que más casos tienen es el de desahucio por extinción del contrato, aunque según las estadísticas del Consejo General de Justicia, se mantienen a la par de los casos de desahucio por impago de alquileres.</p>



<p>En un caso de evicción por vencimiento del contrato el objetivo es que el arrendador recupere el inmueble alquilado. En caso de que el arrendatario no entregue el inmueble alquilado, a pesar del vencimiento o prórroga legal del contrato, habrá que tomar sanciones legales.</p>



<p>Cuando la ley se refiere a la evicción por vencimiento del contrato de arrendamiento, se refiere al <strong>proceso legal mediante el cual se faculta al arrendatario para recuperar la posesión del inmueble arrendado</strong> o del contrato de arrendamiento por haber vencido su término si no quiere irse. Es decir, el desahucio se podrá hacer cuando el arrendatario quiera recuperar su vivienda tras haberse vencido el contrato, y el inquilino no quiera marcharse.</p>



<p>En caso de que el contrato haya sido renovado pero se haya expirado, el procedimiento legal también se aplicará de la misma forma. Se podrá hacer un desahucio siempre y cuando, el inquilino continúe ocupando la propiedad sin el consentimiento del propietario y con el contrato ya acabado.</p>



<h2 class="wp-block-heading">4. Desahucio por obras sin el consentimiento con el arrendador</h2>



<p>El artículo 21.1 de la LAU establece que, con carácter general, <strong>el arrendador deberá realizar todas las reparaciones necesarias para mantener el inmueble en condiciones de habitabilidad </strong>para el fin previsto (forma de comunicación entre el arrendador y el arrendatario informando de la inminente finalización de la obra).</p>



<p>Hay un límite máximo a esta disposición. Es decir, si el inmueble es destruido o declarado en quiebra por causas ajenas, <strong>el arrendador no estará obligado</strong> a realizar estas obras, ya que en estos casos el contrato de arrendamiento se rescinde por el artículo 28 de LAU.</p>



<p>Como se indicó, tales obras no necesitan ser realizadas. En cambio, si la pérdida o el daño causado en la vivienda es culpa del arrendador, <strong>el arrendatario tiene derecho a la indemnización</strong>, pero también se extinguirá el contrato de acuerdo con el artículo 28 de la LAU.</p>



<h2 class="wp-block-heading">5. Desahucio por subarrendar la vivienda</h2>



<p>Otro de los motivos por el cual el arrendatario puede desahuciar a un inquilino es <strong>por el realquilar del piso sin consentimiento</strong>.</p>



<p>Aunque parece algo imposible, es muy común que un piso alquilado se realquile a otras personas como nueva vivienda. Puede ser un alquiler de la vivienda entera o por habitaciones. No obstante, para que esto no ocurra, <strong>debe estar escrito en el contrato de arrendamiento</strong>. En el artículo 27 de la Ley de Arrendamiento Urbano se especifica que la cesión o subarriendo (realquiler) del inmueble sin consentimiento es motivo de anular el contrato de alquiler con el principal inquilino.</p>



<p>Además, en caso de tener permiso para subarrendar, <strong>las cantidades percibidas no pueden superar el precio de la renta</strong>, o el propietario también tendrá la oportunidad de abolir el contrato.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Necesitas desahuciar a un inquilino de tu propiedad? <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" rel="noreferrer noopener">Contacta</a> con nosotros y obtén más información.</h3>
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		<title>El nuevo sistema de cotización para autónomos en cinco claves</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/el-nuevo-sistema-de-cotizacion-para-autonomos-en-cinco-claves/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Dec 2022 15:28:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias de actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Novedades legislativas]]></category>
		<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quedan días para que entre en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos. Te explicamos en detalle una de las reformas más importantes vividas hasta ahora.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Quedan días para que entre en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos. Será el próximo 1 de enero cuando el Régimen General de Trabajadores Autónomos experimente una de las reformas más importantes de las vividas hasta ahora.</p>



<p>El nuevo sistema de cotización para autónomos entrará en vigor el <strong>próximo 1 de enero de 2023</strong> y se irá adoptando de manera progresiva durante tres años. El sistema está formado por quince tramos diferentes que determinan las bases de cotización y las cuotas de los autónomos en función de sus rendimientos netos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">1. Las cuotas</h2>



<p><strong>Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 a los 500 euros al mes en 2023, y de los 200 a los 590 euros al mes en 2025 en el caso de elegir la base de cotización mínima de cada tramo, </strong>siempre en función de los rendimientos. Las disposiciones adicionales del decreto especifican que, pasados los tres años para los cuales está prevista la aplicación de los tramos, los interlocutores sociales tendrán que pactar los tramos para los próximos años, hasta 2032.</p>



<h2 class="wp-block-heading">2. Los tramos</h2>



<p><strong>Estas serán las nuevas cuotas en función de los 15 tramos que entran en vigor en 2023:</strong></p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="632" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/sistema-cotizacion-2023-1024x632.png" alt="" class="wp-image-1814" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/sistema-cotizacion-2023-1024x632.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/sistema-cotizacion-2023-300x185.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/sistema-cotizacion-2023-768x474.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/sistema-cotizacion-2023.png 1301w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">3. La tarifa plana</h2>



<p>Entre los años 2023 y 2025, las personas que causen alta inicial en el Régimen de autónomos&nbsp;<strong>podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida</strong>, lo que también se conoce como&nbsp;tarifa plana,&nbsp;de<strong>&nbsp;80 euros al mes durante los primeros 12 meses</strong>&nbsp;de actividad. Eso sí, aquellos que a 31 de diciembre de 2022 fueran beneficiarios de la antigua tarifa plana, continuarán disfrutando de la misma, hasta que se agote el periodo máximo establecido, en las mismas condiciones. Por otra parte, aquellas personas que inicien su actividad por cuenta propia y tramiten su alta, a partir del día 1 de enero de 2023,&nbsp;<strong>deberán comunicar todas las actividades que realicen como autónomo a la Tesorería General de la Seguridad Social</strong>. Las personas que figuren de alta el día 1 de enero de 2023, el plazo para comunicarlas es hasta el 31 de octubre de 2023.</p>



<p>La solicitud se realizará en el momento de tramitar el alta. Podrán beneficiarse de estas condiciones las personas autónomas que <strong>no hayan estado dadas de alta en los dos años</strong> inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien tres años, en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción. Asimismo, transcurrido esos doce primeros meses, podrá <strong>también aplicarse una cuota reducida durante el siguiente año</strong>, a aquellos trabajadores por cuenta propia que prevean que sus rendimientos económicos netos anuales vayan a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual, ahora establecido en 14.000 euros brutos anuales. La aplicación de esta cuota reducida tendrá un importe de <strong>160 euros durante los siguientes 36 meses</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">4. La reducción de la cuota a los que tengan bajos ingresos</h2>



<p>Otro de los puntos a destacar de las novedades introducidas por el RD-L es la <strong>reducción progresiva </strong>que se pretende llevar a cabo a través de los tramos de cotización, vistos anteriormente. De esta forma, a las personas trabajadoras por cuenta propia que generen un <strong>menor rendimiento económico, se les aplicará una reducción progresiva de la cuota</strong>. Así, se pretende bajar la cuota de la base mínima (aplicable a aquellos que obtengan una cantidad mensual inferior a los 670€) de los 294€ actuales a los 230€ a partir del 1 de enero de 2023; en el año 2024 la idea de disminución, en este sentido, está en los 225€; y, finalmente, para el ejercicio 2025 se pretende reducir ese monto a 200€.</p>



<p>Sin embargo, el Gobierno pretende compensar ese descenso de las cuotas con una <strong>subida simultánea de los tipos máximos</strong>, siendo estos para aquellos que obtengan un rendimiento económico neto superior a los 6.000€ mensuales. Así pues, en 2023 tendrán que abonar en concepto de cuota un total de 500€; para 2024 se prevé que hagan frente a una cuota de 530€; y, la última cantidad prevista, los 590€ del año 2025.</p>



<p>A partir del año 2026 será el Gobierno quien, a la hora de confeccionar los Presupuestos Generales del Estado, <strong>decidirá cuáles serán las siguientes bases de cotización y, en consecuencia,</strong> cuáles serán las cuotas a pagar.</p>



<h2 class="wp-block-heading">5. La acción protectora por cese de actividad</h2>



<p>La reforma incluye una mejora en el esquema de protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia. A partir de 2023, los autónomos podrán acceder al <strong>cese de actividad, </strong>en algunos casos sin necesidad de cerrar su negocio, si tienen <strong>deudas</strong>; si han tenido que <strong>reducir la </strong>jornada de sus empleados<strong> o si el Consejo de Ministros pone en marcha el Mecanismo Red </strong>por crisis sectorial o cíclica. </p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" loading="lazy" width="850" height="454" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/autonomos-madrid-procurador.png" alt="" class="wp-image-1815" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/autonomos-madrid-procurador.png 850w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/autonomos-madrid-procurador-300x160.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/autonomos-madrid-procurador-768x410.png 768w" sizes="(max-width: 850px) 100vw, 850px" /></figure>



<p>Si eres autónomo o estás pensando en serlo y necesitas a un procurador en alguna ocasión, no dudes en ponerte en contacto con <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/">nosotros</a>. Ofrecemos nuestros servicios <strong>en toda la Comunidad de Madrid</strong>.</p>
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		<title>¿Cuándo necesito a un procurador para divorciarme?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/cuando-necesito-a-un-procurador-para-divorciarme/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Dec 2022 08:37:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cuando procedemos al divorcio, sabemos que necesitamos la ayuda de un abogado. Pero no siempre se sabe que el procurador también juega un rol esencial en estos trámites. Te contamos cómo podemos ayudarte en este momento tan difícil. </p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Cuando procedemos al <strong>divorcio</strong>, sabemos que necesitamos la ayuda de un abogado. Pero no siempre se sabe que el <strong>procurador</strong> también juega un rol esencial en estos trámites. </p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué hay que saber acerca del divorcio?</strong></h2>



<p>Nuestro&nbsp;ordenamiento jurídico&nbsp;recoge todos los términos y condiciones en los que los ciudadanos debemos realizar cualquier acto de esta índole. Por lo tanto, el divorcio también lo está.&nbsp;</p>



<p>Es la<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-323" target="_blank" rel="noreferrer noopener"> Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC</a>) la que recoge y estipula cómo se debe realizar l<strong>a tramitación de estas solicitudes para disolver un matrimonio.</strong> Igualmente, también determina los casos en los que es necesario un <strong>procurador para divorciarse</strong>. De esta forma, esta normativa estipula que el divorcio puede realizarse de dos formas diferentes: de mutuo acuerdo o de manera judicial. </p>



<p>La primera, <strong>de mutuo acuerdo</strong>, implica un consenso por parte de las dos personas que componen la pareja a disolver, mientras que<strong> el judicial se lleva a cabo cuando no existe ese acuerdo y es el juez el que tiene que dirimir</strong> en la disputa y ser él quien establezca los términos en los que se llevará a cabo. </p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/Blog-procurador-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1810" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/Blog-procurador-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/Blog-procurador-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/Blog-procurador-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/Blog-procurador.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuándo hace falta un procurador para divorciarse?</h2>



<p>En primer lugar, hay que saber que el procurador se ha licenciado en Derecho, por lo que conoce perfectamente el campo. La función del <strong>procurador para divorciarse es la de representación de su cliente</strong> y la de aportar cuantos documentos sean necesarios para el proceso al abogado. </p>



<p>Así, la Ley establece que el procurador será <strong>obligatorio en los divorcios contenciosos o judiciales</strong>, mientras que <strong>la persona puede contratar sus servicios de forma optativa y voluntaria en los divorcios en los que existe un consenso entre las partes. </strong></p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué hace un procurador en un divorcio?</h2>



<p>Los procuradores son profesionales que se encargan de <strong>representar a una de las partes en el divorcio en el juzgado</strong>. La parte dará su consentimiento y poder al procurador ante un notario, colaborando así a la <strong>agilización del proceso</strong>. De forma resumida, un procurador se encargará de:</p>



<ul><li>Presentar los escritos necesarios y tramitar el procedimiento</li><li>Enviar la información a todas las partes de los procesos</li><li>Recibir y efectuar las notificaciones presentadas por el juez</li><li>Llevará al día los plazos del divorcio</li></ul>



<p>Un procurador estará contigo durante todo el procedimiento del divorcio, dando apoyo durante estos momentos tan complicados. Aporta una <strong>gran tranquilidad</strong> por lo que podrás confiar en él en todo momento.</p>



<p>El&nbsp;<strong>abogado y el procurador</strong>&nbsp;mantendrán una estrecha relación para solventar el divorcio.</p>



<p>Los divorcios de mutuo acuerdo son más pacíficos y no suele haber complicaciones, pero un <strong>procurador es importante si se quiere llevar lo más rápido posible</strong>. Un procurador trabajará con el abogado para agilizar los trámites y que el abogado solo se tenga que centrar en la defensa de los intereses de su cliente.</p>



<p><strong>Cuando existen </strong><a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-soluciones-hay-si-mi-expareja-no-me-deja-hablar-con-mi-hijo/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>hijos de por medio</strong></a>, puede complicarse la situación y los trámites son más elaborados. En estos casos habrá que determinar el tipo de custodia, la manutención en la que se incluye la pensión alimentaria o la propiedad de la vivienda. Habrá que velar por el <strong>bien del menor de edad</strong>, por lo que un procurador podrá poner orden a estos asuntos defendiendo siempre el bienestar del niño o niña.</p>



<p>En todo divorcio, cuando se presentan los recursos, se requiere el pago de unas tasas. Para que esta tarea no resulte complicada para el cliente, un procurador, se encargará de <strong>tramitar las tasas con la entidad bancaria</strong> que luego entregará su resguardo junto con el recurso.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Para cualquier pregunta sobre cómo tramitar un divorcio, no dudes es consultarnos. Estamos <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" rel="noreferrer noopener">aquí</a> para ayudarte. </h3>
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		<title>¿Me pueden despedir por lo que publico en redes sociales?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/me-pueden-despedir-por-lo-que-publico-en-redes-sociales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Dec 2022 09:54:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Por lo general, los despidos relativos a las publicaciones en redes sociales tienen que ver con críticas a la propia compañía vertidas por el trabajador en su perfil. No obstante, en este post te damos más detalles sobre esta posibilidad de despido.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Según un estudio realizado por una bolsa de empleo española, se evidenció que <strong>hasta el 22% de las compañías descartan a un candidato por el mal uso de las redes sociales. </strong>Actualmente, un gran número de empresas analizan el Twitter, Facebook, Instagram o Linkedin de los candidatos antes de firmar el contrato laboral, otras aseguran que estas, a excepción de Linkedin, son parte de la vida personal y por eso no debe influir en el proceso de elección.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/1-10.29.13-1024x595.png" alt="despido-redes-sociales" class="wp-image-1803" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/1-10.29.13-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/1-10.29.13-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/1-10.29.13-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/1-10.29.13.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿En el contrato de trabajo me pueden hacer firmar un compromiso de prudencia con lo que subo a mis redes sociales?</strong></h2>



<p><strong>Legalmente esto no se puede hacer</strong>, pero sí puede ser valido que se puedan hacer contratos de confidencialidad donde no podamos subir a redes sociales aspectos que tienen que ver con el trabajo. Por ello es muy importante el papel que juegan las redes sociales a la hora de difundir contenido.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué hacer si me han despedido por publicar comentarios sobre algún tema en redes sociales?</strong></h2>



<p>Se deberá acudir al <strong>Ministerio de Trabajo</strong>, ya que esta no es una causa solida de despido, pero se tiene que revisar los casos uno a uno. Cuando firmamos un contrato debemos de tener en cuenta que formamos parte de una empresa y por ello debemos de tener un comportamiento adecuado que no rompa la buena imagen y reputación de la empresa. Además, la publicación en alguna red social de contenido que vaya en contra de la ética o directamente de la corporación supondrá un descontento por parte de los directivos y puede acarrear graves problemas al trabajador.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuáles son algunos ejemplos de actividades que puedes afectar a mi puesto de trabajo?</strong></h2>



<p>Supondría un grave riesgo publicar un post difamando a un compañero en concreto o incluso a la empresa. También la realización de directos en redes sociales <strong>difamando o acosando a compañeros o incluso directivos de la corporación.</strong></p>



<p>Una persona puede hacer uso de las redes sociales de manera personal y sin ningún tipo de limitaciones, incluso en su horario de descanso laboral. Sin embargo, el uso indebido dentro de su horario de trabajo puede ser un agravante para un proceso disciplinario por parte del director o jefe. Por ejemplo, <strong>fotos del trabajador subidas a Facebook son una causa de despido</strong>, así lo confirman varias sentencias de tribunales. Hay ejemplos de casos en los que trabajadores se han fotografiado mientras conducían el coche de la empresa en Castilla y León.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué fundamento legal encontramos para apoyar el despido disciplinario por estas publicaciones en redes sociales?</strong></h2>



<p>El artículo 20 de la <strong>Constitución Española</strong> reconoce el derecho fundamental de todo ciudadano a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones”. Esta libertad de expresión, aunque no admite su despojo por la mera celebración del contrato de trabajo, sí es compatible con la renuncia temporal a su ejercicio por parte del trabajador. Y es que, en palabras del propio Tribunal Constitucional, debe ajustarse al complejo de “derechos y deberes que nacen de la relación contractual creada por el trabajador y la empresa” (STC 177/1988). De este modo, la jurisprudencia coincide en señalar que si bien sí cabe admitir un cierto grado de crítica del trabajador hacia la empresa, que pueda incluso resultar molesta, en ningún caso se puede justificar el uso de insultos ni calificativos degradantes.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/2-10.29.13-1024x595.png" alt="motivo-despido-redes-sociales" class="wp-image-1804" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/2-10.29.13-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/2-10.29.13-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/2-10.29.13-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/12/2-10.29.13.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Esto pasa en todos los países?</h2>



<p>Aunque en <strong>Estados Unidos</strong> no es necesario ningún motivo para justificar un despido, en España este tipo de publicaciones en redes sociales podrían ser utilizadas para argumentar la salida de un trabajador. Sin embargo,&nbsp;<a href="https://elpais.com/economia/2021-02-18/las-redes-sociales-le-pueden-costar-el-empleo.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">tal y como explica al diario El País</a>&nbsp;el abogado <strong>José Luis Peñín</strong>, el cese debe apoyarse en un motivo “necesariamente vinculado al ámbito laboral”.</p>



<p>Sin embargo, aunque todo lo que el trabajador haga fuera de su horario laboral quede reservado a su esfera privada, <strong>existen excepciones</strong>. Según explican los expertos, estas son, principalmente, que la publicación en redes sociales genere un daño a la imagen y reputación de la compañía; o bien que se pueda llegar a vincular a la persona con la marca.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿La empresa me advierte de qué puedo o no subir a redes sociales?</h2>



<p><strong>Los expertos recomiendan a las compañías la redacción y difusión entre los trabajadores de manuales y procedimientos en el uso de las redes sociales</strong>. En este documento, se recogerían aspectos como la autorización de identificarse como trabajadores de la empresa, la información de carácter confidencial que no puede ser compartida o las repercusiones en caso de incumplimiento de las normas, entre otros puntos centrales.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Puedo utilizar las redes sociales mientras trabajo?</h2>



<p>El uso de Internet en el puesto de trabajo para cuestiones estrictamente personales, incluido el uso de las redes sociales, dependerá, en buena medida, del <strong>grado de consentimiento empresarial al respecto</strong>. A día de hoy, a la vista de las sentencias existentes sobre esta materia, resulta indiscutible que, si el empresario ha comunicado expresamente a los trabajadores que el uso de la red se destina exclusivamente a asuntos laborales, su utilización privada resultaría claramente irregular.</p>



<p>En el caso de no existir un <strong>protocolo en la empresa sobre el uso de Internet</strong>, la licitud de su utilización privada dependerá, en buena medida, de la forma en que se haga, evitando por ejemplo la navegación por lugares que pongan en riesgo la seguridad informática de la empresa, la revelación de información confidencial, utilizar la red para criticar o ridiculizar a compañeros de trabajo o desprestigiar la empresa para la que se trabaja, que el tiempo destinado a usos privados no interfiera en el desempeño del trabajo, etc.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Hay casos de despidos reales por usar las redes sociales?</h2>



<p>Como las redes sociales se han convertido en el eje de nuestras vidas, cada vez hay más casos de despido debido a su uso.</p>



<p>Un caso concreto podría ser el del <strong>Tribunal de Justicia de La Rioja</strong>&nbsp;que confirmó&nbsp;el despido disciplinario de una trabajadora por conectarse a Facebook y otras webs de contenido lúdico durante la jornada laboral.</p>



<p>La empresa&nbsp;<strong>había advertido a sus empleados&nbsp;</strong>sobre las reglas de uso de los medios informáticos y de acceso a Internet, así como de las medidas que adoptaría si existían abusos. Todo ello, junto la negligencia demostrada de la trabajadora, que dedicaba gran parte de su jornada laboral a navegar por la Red (en un solo día visitaba&nbsp;<strong>hasta 72 páginas&nbsp;</strong>no relacionadas con su actividad laboral), hace que el tribunal haya podido confirmar el despido.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Si te quedan preguntas sobre este tipo de casos, no dudes en <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" rel="noreferrer noopener">preguntarnos</a>.</h3>
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		<title>5 cosas que debes saber sobre herencias y sucesiones en España</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/5-cosas-que-debes-saber-sobre-herencias-y-sucesiones-en-espana/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Nov 2022 10:00:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las reparticiones de herencia no siempre suceden de la forma en la que uno quiere y es muy posible que, por diferentes motivos, el caso termine en los juzgados. Por ello, aquí te contamos cinco claves esenciales que debes conocer.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Con la llegada de herencias a nuestras vidas comienzan los quebraderos de cabeza. Por ello, es recomendable acudir a bufetes de <strong>abogados</strong> y <strong>procuradores</strong> para solventar estos problemas.</p>



<p>Es esencial saber qué procedimientos debemos realizar desde el momento de realizar un testamento hasta cuándo se ejecuta. El desconocimiento puede llevarnos a situaciones inesperadas. Por ello, hemos recopilado cinco puntos clave sobre las herencias y las sucesiones que debes saber.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-madrid-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1794" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-madrid-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-madrid-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-madrid-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-madrid.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Puedo reclamar una herencia sin testamento?</h2>



<p>En caso de que suceda que el fallecido no tenga familiares dentro del cuarto grado y no hay un testamento, los bienes a heredar previa declaración de heredero “<em>in ab intestato” </em>irían a parar a la comunidad autónoma o al Estado.</p>



<p>Si, por el contrario, hay familiares, se procederá a un reparto regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil Español. La clasificación de parentesco aparece en el Código Decimonónico, dónde divide a los herederos de acuerdo al grado de parentesco que tengan con el causahabiente de los bienes, dando lugar a diferentes ordenes, siendo el orden de prelación: descendientes, ascendientes, colaterales, viudo/a, y Estado.</p>



<p>En cuanto a la pregunta de si se puede reclamar una herencia sin testamento, la respuesta es sí.<strong> Se puede reclamar una herencia sin testamento</strong> si se encuentra en el cuarto grado de parentesco o si se trata de un heredero forzoso. Todo ello sin tener en cuenta los derechos forales que tienen sus especialidades.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo reclamo mi herencia?</h2>



<p>El primer documento necesario para empezar el trámite de la herencia es el <strong>Certificado de Defunción</strong>. Este certificado se trata de un documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona. Puede ser solicitado por cualquier ciudadano siempre que indique:</p>



<ul><li>Nombre, apellidos y DNI del solicitante.</li><li>Nombre y apellidos del fallecido, más el lugar y la fecha del fallecimiento.</li></ul>



<p>El segundo documento necesario para procesar la herencia es el <strong>Certificado de Últimas Voluntades</strong>. Es necesario tener previamente el Certificado de Defunción de la persona. El certificado de últimas voluntades acredita si una persona ha hecho u otorgado testamento o testamentos y ante qué notario. De esta forma, los herederos pueden dirigirse al Notario autorizante del último testamento y obtener una copia del mismo. No podrá pedirse antes de que hayan transcurrido 15 días desde el día del fallecimiento de la persona.</p>



<p>El tercer documento es el <strong>Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento</strong>, donde aparecen los contratos vigentes en los que figuraba la persona fallecida. Se tratan de los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado. Para pedir este certificado también es necesario el Certificado de Defunción.</p>



<p>Por último, para saber el patrimonio total de la herencia y de esta forma realizar una Relación de los Bienes y Obligaciones, necesitaremos las <strong>escrituras de propiedad del inmueble o los inmuebles</strong>, el <strong>certificado Bancario</strong> del saldo de las cuentas a fecha del fallecimiento de la persona y por último, la <strong>documentación de los vehículos</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Se heredan las deudas?</h2>



<p>La herencia de una persona está compuesta por todo su patrimonio y, por tanto, se incluyen tanto los bienes y derechos como las obligaciones y deudas. <strong>Por tanto, si se acepta la herencia, se acepta la obligación de hacerse cargo con su patrimonio personal de las deudas que tuviera el fallecido</strong>.</p>



<p>El o los herederos podrán optar por <strong>repudiar la herencia</strong>, esto quiere decir que se renuncia a recibir cualquier cosa que venga de dicha herencia incluyendo tanto los bienes como las deudas.</p>



<p>Existe otra opción alternativa a la renuncia pura de la herencia, la <strong>herencia</strong> <strong>a beneficio de inventario</strong>. Esto quiere decir que una vez realizado el inventario del patrimonio del fallecido se pagarán las deudas con este. Realizada esta operación, se entregará al heredero el patrimonio restante de esta operación.</p>



<p>Este tipo de procedimientos requiere de unos determinados plazos y debe de realizarse ante un notario o judicialmente. Dejar claro que la aceptación y repudiación de la herencia son actos enteramente voluntarios y libres como indica el <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763">artículo 988 del Código Civil</a>.  Además, añadir que todo heredero podrá pedir la información de inventario antes de aceptar o repudiar la herencia, para deliberar si quiere o no aceptar la herencia y en caso de aceptarla, cómo tramitarla.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-mostoles-1024x595.png" alt="" class="wp-image-1795" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-mostoles-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-mostoles-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-mostoles-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/11/herencia-procurador-mostoles.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Deben estar todos los herederos de acuerdo para heredar la herencia?</h2>



<p>No, pero se deberán de tomar medidas extras y acudir a diferentes profesionales para que resuelvan el <strong>conflicto</strong>.  Un heredero que no acepte o rechace la herencia genera un bloqueo. Con esta decisión s<strong>e impide al resto de herederos a acceder a su parte</strong>. En caso de aceptarse la herencia, pero no estar de acuerdo con la partición, se mantendrá igualmente bloqueado.</p>



<p>Es normal que los familiares no coincidan con las particiones propuestas y manifiesten su desacuerdo con el testamento. Por esta razón, la normativa española habilita determinadas medidas legales para que se destrabe el conflicto existente. Las vías que proponen son las siguientes:</p>



<ul type="1"><li>Mediación extrajudicial:</li></ul>



<p>Es una de las soluciones más recomendades. Se trata del proceso más económico que evita llegara juicio.</p>



<ul><li>Interpelación hereditaria:</li></ul>



<p>El Código Civil, establece que los herederos con interés legítimo tienen el derecho de solicitar ante notario una interpelación hereditaria. Esta es un documento público que insta al heredero en desacuerdo a aceptar o rechazar la herencia. Su finalidad es acortar los plazos y desbloquear la herencia.</p>



<ul><li>Vía judicial:</li></ul>



<p>Es el último recurso que se aconseja para repartir una herencia cuando no hay acuerdo. La demanda se interpone en el Juzgado de Primera instancia del domicilio del fallecido. Se trata del proceso más largo y más costoso.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Se necesita a un procurador para gestionar una herencia?</h2>



<p>Los procuradores intervenimos en una gran cantidad de casos, como en las particiones judiciales de una herencia. Por norma general, esto sucede cuando, desde el punto de vista jurídico, existe alguna anomalía a solucionar.</p>



<p>Por ello, y aunque no siempre es obligatorio contratar a un procurador para gestionar una herencia, sí que <strong>es recomendable</strong> para asegurar que todos los trámites que se realizan son legales y que, además, se agilizan las resoluciones y se evitan demorar o dilaciones.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Si quieres contar con la ayuda de profesionales en la gestión de una herencia, y así evitar mayores probabilidades de que el caso termine en los juzgados,<a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" data-type="URL" data-id="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" rel="noreferrer noopener"> contacta con nosotros.</a> </h3>
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		<title>¿Qué soluciones hay si mi expareja no me deja hablar con mi hijo?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-soluciones-hay-si-mi-expareja-no-me-deja-hablar-con-mi-hijo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Oct 2022 08:41:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tras una ruptura, los niños suelen ser los más perjudicados. Son numerosas las situaciones en las cuales los progenitores no ponen de su parte para propiciar un ambiente de paz. La comunicación entre padres e hijos constituye un derecho para ambas partes. El mal desarrollo de esta comunicación puede constituir graves consecuencias para los menores.&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-soluciones-hay-si-mi-expareja-no-me-deja-hablar-con-mi-hijo/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">¿Qué soluciones hay si mi expareja no me deja hablar con mi hijo?</span></a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Tras una ruptura, los niños suelen ser los más perjudicados. Son numerosas las situaciones en las cuales los progenitores no ponen de su parte para propiciar un ambiente de paz. La comunicación entre padres e hijos constituye un derecho para ambas partes. El mal desarrollo de esta comunicación puede constituir graves consecuencias para los menores. Por tanto, <strong>el progenitor debe y puede comunicarse con el menor</strong> siempre y cuando no suponga un riesgo, peligro o perturbación para el mismo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-1024x595.png" alt="divorcio-abogado" class="wp-image-1784" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-1024x595.png 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-300x174.png 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-768x446.png 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1.png 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">Pero ¿qué sucede si mi expareja no me deja hablar con mi hijo?</h2>



<p>Ante un incumplimiento del régimen de visitas, podemos optar por varios caminos dependiendo de las circunstancias:</p>



<p>En el caso de que exista <strong>una sentencia de divorcio o de guarda y custodia</strong> <strong>donde se regule un régimen de visitas o una custodia compartida</strong>, y la otra parte te impide ver a tu hijo, existen dos caminos:</p>



<ul><li>Podemos acudir a la <strong>policía</strong>, llevando la sentencia para demostrar que tu expareja está incumpliendo el acuerdo previsto en la sentencia de divorcio.</li></ul>



<ul><li>Si la situación se repite en varias ocasiones, podemos acudir a un <strong>juzgado</strong> e interponer una demanda por incumplimiento de sentencia.</li></ul>



<p><strong>En caso de que no exista una sentencia de divorcio</strong>, deberemos de interponer una demanda y solicitar que se establezca un régimen de visitas. Este proceso suele ser bastante largo y por ello os aconsejamos pedir unas medidas provisionales donde se acuerde un régimen de visitas provisional.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Y si no estábamos casados? Medidas paternofiliales</h2>



<p>Al no existir un acuerdo de divorcio <strong>se deberá de crear un documento donde aparezcan todas las medidas paternofiliales que vayan a regular la relación de los padres con sus hijos</strong> de cara al futuro. El Código Civil establece cuáles son las relaciones paternofiliales que pueden regularse mediante un convenio o a partir de una <strong>resolución judicial </strong>en caso de divorcio o separación. Estas son las siguientes:</p>



<ul><li><strong>La guarda y custodia de los hijos:</strong></li></ul>



<p>En este sentido, habrá que determinar si se establece un régimen de custodia compartida o de custodia monoparental. Si no existe acuerdo entre las partes, será el juez el que decida.</p>



<ul><li><strong>La utilización de la vivienda familiar:</strong></li></ul>



<p>Si se determina el régimen de custodia monoparental, el cónyuge que obtenga la guardia y custodia será quien tenga derecho a su uso y disfrute.</p>



<ul><li><strong>La pensión de alimentos:</strong></li></ul>



<p>La manutención de los hijos sin estar casados corresponde al miembro de la pareja que no tiene la guarda y custodia. Se fijará en función de los ingresos de los progenitores y de los gastos que necesite el menor.</p>



<ul><li><strong>Formas de comunicación:</strong></li></ul>



<p>Según la ley, el progenitor que no tiene la guarda y custodia de los menores <strong>tiene derecho a comunicarse, visitarles y estar con ellos</strong>. Los límites quedan fijados por el convenio regulador o documento de medidas paternofiliales.</p>



<ul><li><strong>El régimen de visitas</strong>:</li></ul>



<p>Se dividen en dos grupos, dependiendo de las condiciones de los padres y la regularidad en que se relacionan con sus hijos. En primer lugar, puede ser <strong>régimen de visitas normalizado</strong>, que establece un régimen de visitas progresivo, en donde el padre no custodio tiene regularidad de visita y comunicación con el hijo. En segundo lugar, puede darse el r<strong>égimen de visitas no normalizado</strong>, donde el régimen de visitas para el padre no custodio es irregular. Este tipo de régimen se establece por causas particulares de cada caso. Entre ellas, se pueden presentar algunas como la residencia en ciudades distintas, la corta edad del menor o las condiciones de salud de los padres o hijos.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/divorcio-menores-1024x683.jpg" alt="divorcio-procurador-madrid" class="wp-image-1785" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/divorcio-menores-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/divorcio-menores-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/divorcio-menores-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/divorcio-menores-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/divorcio-menores.jpg 1382w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo es el proceso de tramitación judicial de las medidas paternofiliales?</h2>



<p>Existen dos maneras de llevar a cabo este procedimiento:</p>



<ul><li><strong>Mediante un acuerdo amistoso:</strong></li></ul>



<p>Existe un <strong>acuerdo</strong> entre los progenitores acerca del cómo llevarán la separación con hijos menores de edad, sin matrimonio.</p>



<p>Posteriormente, el documento ha de ser visto por un <strong>juez</strong>. Esto se debe a que, al haber hijos de por medio, un tribunal debe cerciorarse de que se protegen sus derechos de los menores.</p>



<ul><li><strong>Mediante un proceso contencioso:</strong></li></ul>



<p>En los casos en que los padres no se ponen de acuerdo a la hora de elaborar este convenio regulador sin estar casados, será el <strong>juez</strong> el que, priorizando siempre el interés del menor, determinará cómo será la guarda y custodia, el régimen de visitas o el uso de la vivienda familiar, entre otros aspectos.</p>



<p>Si tienes dudas sobre este proceso o necesitas ayuda para resolverlo, puedes <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">contactar con nosotros</a>. Estamos aquí para darte toda la tranquilidad que necesitas. </p>
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		<title>Derecho a la desconexión digital: resolvemos las dudas más comunes</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/derecho-a-la-desconexion-digital-resolvemos-las-dudas-mas-comunes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Oct 2022 08:31:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
		<category><![CDATA[particulares]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.procuradordemadrid.com/?p=1777</guid>

					<description><![CDATA[<p>El derecho a la desconexión digital es la libertad del trabajador a no tener que conectarse a ningún dispositivo digital o software corporativo mientras esté en períodos de descanso, fuera de horario laboral o en vacaciones. No obstante, cada vez es más común que esta medida no se cumpla.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Internet, los ordenadores o el móvil se han convertido en una herramienta esencial en el desarrollo de cualquier empleo. Las empresas recurren a aplicaciones como ´<em>WhatApp</em>´, ´<em>Gmail</em>´ u otras para estar en contacto con sus trabajadores creando una conexión casi inmediata con el empleado que en ocasiones se convierte en estrés extra que sumar a la jornada laboral si no se tiene un control sobre esta.</p>



<p>Es necesario, por tanto, una desconexión digital.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-1024x595.jpg" alt="derecho-desconexion-digital" class="wp-image-1778" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-1024x595.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-300x174.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1-768x446.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/1.jpg 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es el derecho a la desconexión digital?</strong></h2>



<p>El derecho a la desconexión digital es <strong>la libertad del trabajador a no tener que conectarse a ningún dispositivo digital o <em>software</em> corporativo</strong> mientras esté en períodos de descanso, fuera de horario laboral o en vacaciones.</p>



<p>Es decir que, una vez terminada la jornada laboral, <strong>el empresario no puede contactar con el trabajador</strong>. Se deberá de esperar a que se inicie de nuevo su jornada laboral para poder realizarle cualquier cuestión. Además, <strong>el trabajador se guarda el derecho a decidir si quiere responder o no</strong> un mensaje o correo que le pueda llegar fuera del horario laboral.</p>



<p>Por esta razón, se ha creado a nivel estatal una regulación para garantizar el derecho a la desconexión digital, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; en el artículo 20 bis del ET y en el artículo 18 del Real Decreto-Ley 28/2020, de trabajo a distancia.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Quién tiene derecho a la desconexión digital?</h2>



<p>Tienen derecho a esta desconexión digital todos los trabajadores y empleados públicos.</p>



<p>Como es de esperar, también alcanza a todas aquellas personas que se encuentren realizando teletrabajo a distancia<strong>.</strong></p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo sé que no se está garantizando mi derecho a la desconexión digital?</h2>



<p><strong>En el momento en el cual se comienzan a recibir órdenes, mensajes o correos fuera del horario laboral</strong> se está incumpliendo este derecho. Debes estar tranquilo si recibes un mensaje y decides no contestarlo, puesto que estás en el derecho de obviarlo hasta que comience tu jornada laboral. Existen <strong>excepciones</strong> cuando el trabajador y el empleado hayan llegado a un acuerdo ya sea para atender llamadas o responder mensajes.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Quién se encarga de salvaguardar el derecho a la desconexión digital?</strong></h2>



<p>El principal actor para que se cumpla de manera correcta nuestra desconexión digital es <strong>el empresario</strong>. La figura de este no sólo se queda en respetar este derecho al descanso de mensajes o correos, el empresario debe de garantizar el ejercicio efectivo de este y ¿cómo lo hará? Creando un <strong>protocolo</strong> junto con los representantes de los trabajadores.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿En qué consiste un protocolo de desconexión digital?</h2>



<p>Un protocolo de desconexión digital es <strong>un documento en el que se recoge la política interna y las medidas tomadas por la empresa para garantizar el derecho a la desconexión digital de todos sus empleados</strong>. Todas las empresas están obligadas a tener un protocolo de desconexión digital, con independencia de su tamaño y área de actividad.</p>



<p>Es muy importante concienciar a los trabajadores de desconectar del trabajo durante sus periodos de descanso y el consecuente uso razonable de las tecnologías.</p>



<p>Asimismo, se considera <strong>descanso laboral</strong> el tiempo en el cual el trabajador no está obligado a prestar sus servicios al empresario. En el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores se distinguen los siguientes tipos de descansos en los que debemos tener ese derecho a la desconexión digital:</p>



<ul><li><strong>Descanso mínimo semanal</strong>: un día y medio ininterrumpido para mayores de 18 años y para los menores de 18 de dos días.</li></ul>



<ul><li><strong>Descanso diario</strong>: de 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.</li></ul>



<ul><li><strong>Descanso durante la jornada</strong>: una pausa de duración no inferior a 15 minutos o 30 minutos siempre y cuando la jornada diaria continuada exceda de 6 horas.</li></ul>



<ul><li><strong>Fiestas laborales</strong>: 14 días de fiestas laborales</li></ul>



<ul><li><strong>Permisos</strong></li></ul>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="595" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/2-1024x595.jpg" alt="derecho-laboral-procurador" class="wp-image-1779" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/2-1024x595.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/2-300x174.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/2-768x446.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/10/2.jpg 1240w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Por qué es tan importante cumplir con la desconexión digital?</h2>



<p>La finalidad de que la desconexión digital se haya convertido en un derecho para el trabajador no es otra que <strong>favorecer la conciliación de la vida personal y familiar con la profesional</strong>. Es decir, se intenta no invadir las horas de disfrute personal dejando todo lo relacionado con el trabajo “aparcado” hasta el inicio de la siguiente jornada laboral.</p>



<p>Otra finalidad de este derecho es que de manera indirecta se salvaguarde la <strong>salud</strong> de los empleados. Se ha demostrado que un exceso de conectividad genera trastornos de estrés, ansiedad e insomnio a aquellas personas que no son capaces de separar su vida personal de la laboral. Uno de los principales trastornos que se provocan en el trabajador que no consigue este objetivo es el síndrome del trabajador quemado o <em>burnout</em></p>



<h2 class="wp-block-heading">No respetan mi derecho a la desconexión digital, ¿qué hago?</h2>



<p>En caso de que la empresa no cumpla con su deber y vulnere tu derecho a la desconexión digital, podrás recurrir a la <strong>Inspección de Trabajo y Seguridad Social</strong>.</p>



<p>La sanción que conlleva incumplir la normativa laboral puede suponer una infracción grave con multa entre 6.251 a 187.215 euros.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Ta han escrito desde tu empresa fuera de tu horario laboral? ¿Sabías que tienes derecho a no contestar?</h3>
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