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¿Quién contrata al procurador?

Como hemos comentado en otras entradas, el procurador es la figura procesal que está en
continua colaboración con la Administración de Justicia. Tiene el objetivo de agilizar y
gestionar
todos y cada uno de los trámites y comprobar que está funcionando de forma
correcta el procedimiento judicial. Por lo tanto, su cargo es la representación de los clientes
frente a los tribunales
, ya que, es la persona que recoge las notificaciones y también, gestiona
las comunicaciones.

El procurador, además, se encargará de proporcionar la información y las comunicaciones
correspondientes de los tribunales al abogado. De esta forma, el abogado podrá asistir a su
cliente y podrán planificar cuál será la estrategia que seguirán durante el proceso.

La responsabilidad de contratar al procurador la tiene el interesado, es decir, el cliente.
A día de hoy, lo primero que se suele hacer es acudir a un abogado, para que este nos pueda
asesorar y más tarde, si es necesario, el mismo abogado es quien se pone en contacto con su
procurador de confianza. A pesar de que antiguamente no era así, si no que se realizaba de la
manera contraria, primero contactamos con el procurador y después si era necesario con el
abogado.

No obstante, en muchas ocasiones los abogados no tienen procurador de confianza, por lo que, es importante saber que no podemos llegar a presionar al abogado para que este nos busque uno, si no que es responsabilidad encontrarlo y ponernos en contacto con el mismo para que nos pueda asesorar y ayudar, en el caso de que sea necesario.

Para más información, no dudes en plantearme cualquier cuestión, sin compromiso.