Desde el despacho de Francisco Franco González, Procurador de los Tribunales, consideramos fundamental destacar la sentencia dictada en abril de 2024 por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Este fallo marca un precedente importante respecto al derecho de los herederos a ser indemnizados por los cuidados prestados a sus familiares dependientes fallecidos. A continuación, analizamos sus implicaciones y cómo puede beneficiar a las familias afectadas.
El derecho a la ayuda por dependencia tras el fallecimiento
La sentencia establece que, aunque la ayuda por dependencia tiene un carácter personalísimo, los herederos de una persona dependiente que fallece sin que se haya aprobado su Programa Individual de Atención (PIA), pueden exigir que el procedimiento siga adelante. Esto les otorga el derecho a recibir una compensación por los gastos que adelantaron en el cuidado de su familiar. Es un paso clave hacia la protección de los derechos de los cuidadores y las familias, quienes a menudo asumen grandes cargas económicas y emocionales mientras esperan la resolución administrativa.
En muchas ocasiones, los retrasos en la tramitación del PIA impiden que las ayudas lleguen a tiempo. Cuando los herederos han asumido tanto los gastos en material médico como el tiempo y esfuerzo dedicados al cuidado del familiar, este fallo abre la puerta a que puedan reclamar una compensación, independientemente de si el fallecimiento ocurrió antes de que se resolviera el expediente.
Inactividad de la Administración y derecho de los herederos
El Tribunal Supremo dejó claro que la inactividad de la Administración al no tramitar el PIA a tiempo genera un derecho de crédito para los herederos. Esto significa que, aunque la persona fallezca antes de que se apruebe el programa, si los herederos asumieron los cuidados, pueden reclamar el reembolso de los gastos realizados.
Este derecho se convierte en un crédito transmisible, lo que implica que los herederos pasan a ser los interesados en el proceso administrativo, con la finalidad de recuperar las cantidades adelantadas para el cuidado del familiar dependiente.
Reintegro de los gastos y responsabilidades de la Administración
La sentencia también subraya que los herederos tienen derecho a que se les reintegren los gastos derivados del cuidado de la persona dependiente, como por ejemplo, el coste de una residencia privada. Estos gastos habrían sido evitables si el PIA se hubiera aprobado en tiempo y forma, permitiendo a la familia acceder a las ayudas correspondientes.
La Sala pone de manifiesto la obligación de la Administración de actuar con diligencia, para evitar que los retrasos burocráticos generen una carga financiera injusta para las familias. En el caso en cuestión, la sentencia describe cómo los hijos de una mujer dependiente, ingresada en una residencia privada por padecer hemiplejía, asumieron unos gastos de 2.150 euros mensuales durante su cuidado, mientras la administración tardaba en resolver su caso.
Repercusiones legales y asesoramiento para las familias
El fallo del Tribunal Supremo, con ponencia del magistrado José Luis Requero, resalta la importancia de que la inactividad administrativa no prive a los herederos de recibir lo que les corresponde por ley. La sentencia concluye que la aprobación del PIA hubiera permitido calcular el daño económico causado a los herederos, con base en el artículo 31.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, lo que da lugar al reintegro de los gastos asumidos por ellos.
Desde Francisco Franco González, Procurador de los Tribunales, consideramos este fallo como un avance significativo en la protección de los derechos de las familias afectadas por la dependencia y los retrasos administrativos.
Nos ponemos a disposición de cualquier familia que se vea en una situación similar, ofreciendo nuestro asesoramiento legal para que puedan recibir las ayudas que les correspondan y garantizar que la justicia prevalezca. La tramitación de estos casos requiere experiencia y un profundo conocimiento del derecho administrativo, y estamos aquí para acompañarles en cada paso del proceso. Si usted o su familia están enfrentando una situación similar, no duden en contactarnos. Además, podemos asesorarle a través de ExpertoHerencias.