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La nueva justicia con la Ley Orgánica 1/2025: transformación estructural, eficiencia y cercanía al ciudadano

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El sistema judicial español inicia en 2025 una profunda transformación gracias a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, una ambiciosa reforma que busca dar respuesta a problemas estructurales que han lastrado durante décadas la administración de justicia: lentitud, saturación, falta de especialización y una creciente distancia entre la ciudadanía y los tribunales.

Esta norma introduce una reorganización integral del modelo judicial, con nuevas estructuras, herramientas procesales y servicios que sientan las bases de una justicia moderna, ágil, especializada y más accesible. Esta semana lo tratamos en el bog de Francisco Franco González.

Adiós al juzgado unipersonal: llegan los Tribunales de Instancia

Uno de los pilares de la reforma es la sustitución del tradicional modelo de juzgado unipersonal por el de Tribunal de Instancia, una estructura colegiada que organiza la jurisdicción por secciones especializadas en función de la materia: civil, penal, mercantil, familia, violencia sobre la mujer, menores, vigilancia penitenciaria, etc.

Cada Tribunal de Instancia contará con una presidencia que ejercerá funciones de dirección, coordinación y representación, y con normas de reparto de asuntos públicas, lo que incrementa la transparencia y equidad en la asignación de procedimientos. Este nuevo esquema promueve una especialización funcional y material del cuerpo judicial, permitiendo una mejor respuesta ante asuntos complejos o de alta sensibilidad social.

El despliegue se realizará de manera progresiva: los primeros partidos judiciales empezarán a funcionar con este nuevo modelo desde el 1 de julio de 2025, a los que se sumarán nuevos territorios el 1 de octubre. Antes de finalizar el año, se prevé que todos los partidos judiciales del país operen con esta estructura.

Un nuevo actor: el Tribunal Central de Instancia

La ley crea el Tribunal Central de Instancia, con sede en Madrid, dotado de competencias reforzadas en materias como jurisdicción penal, menores, vigilancia penitenciaria y contencioso-administrativa, cuando concurran razones de especial relevancia nacional. Este órgano pretende mejorar la capacidad de respuesta del Estado ante asuntos de gran complejidad, impacto o urgencia, actuando como una pieza clave del nuevo equilibrio institucional.

Oficinas Judiciales y Oficinas de Justicia en el municipio

La reforma apuesta por reforzar la dimensión organizativa de la justicia a través de las Oficinas Judiciales, que se consolidan como estructuras técnicas y flexibles, capaces de adaptarse a las cargas de trabajo, mejorar la gestión de recursos humanos y materiales y dar soporte a los órganos judiciales.

Asimismo, se introduce una novedad de gran relevancia para la cohesión territorial: las Oficinas de Justicia en el municipio, que acercarán los servicios de justicia a aquellas localidades que carecen de sede judicial permanente. Este servicio evitará desplazamientos innecesarios, permitirá realizar gestiones procesales básicas y dotará a la España rural de una presencia institucional efectiva.

Impulso a los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC)

Una de las innovaciones más destacadas de la Ley Orgánica 1/2025 es la promoción, y en ciertos casos la obligatoriedad, del uso de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) antes de iniciar un proceso judicial.

Entre estos mecanismos se incluyen:

  • La mediación,
  • La conciliación,
  • La intervención de un experto independiente,
  • La oferta vinculante confidencial.

El objetivo es desjudicializar aquellos conflictos que pueden resolverse de forma más ágil, económica y flexible fuera del proceso judicial tradicional, reservando los recursos del sistema para los litigios que realmente requieren una resolución jurisdiccional.

Existen excepciones a esta exigencia: los procesos que afecten a derechos fundamentales, violencia de género, menores, jurisdicción penal, contencioso-administrativa y social quedan fuera del ámbito de aplicación obligatoria del intento de resolución extrajudicial. No obstante, en todos los demás casos, el uso previo de un MASC será condición necesaria para la admisión de la demanda.

Cambios procesales en todas las jurisdicciones

Además de la reorganización institucional, la reforma introduce modificaciones procesales relevantes que afectan a las diferentes jurisdicciones:

  • Jurisdicción civil: mejora del sistema de notificaciones electrónicas, ampliación de medidas de protección frente a ejecuciones hipotecarias en la vivienda habitual, y mayor claridad en los plazos de tramitación.
  • Jurisdicción penal: fortalecimiento del derecho de defensa, limitación de las denuncias telemáticas, introducción de una audiencia preliminar obligatoria antes del juicio oral, lo que permitirá clarificar hechos y pruebas, y en su caso, buscar soluciones alternativas.
  • Jurisdicción social: agilización de los actos de conciliación previos, fomento de la oralidad en las sentencias y mejora en la gestión de plazos para resolver conflictos laborales.
  • Jurisdicción contencioso-administrativa: se reduce la necesidad de vistas presenciales en casos en los que no aportan valor añadido, con el objetivo de acortar los tiempos de resolución.

Hacia un nuevo modelo de gestión procesal

La aplicación de esta reforma requiere una actualización inmediata y rigurosa por parte de todos los operadores jurídicos: jueces, letrados de la Administración de Justicia, abogados, procuradores, peritos y personal técnico. El nuevo modelo implica:

  • Conocer y aplicar los nuevos cauces de gestión extrajudicial de conflictos,
  • Entender el funcionamiento de las secciones de los Tribunales de Instancia,
  • Manejar los nuevos criterios de asignación y reparto de asuntos,
  • Dominar las herramientas digitales para la gestión de expedientes y notificaciones,
  • Adaptarse a las Oficinas Judiciales como centros neurálgicos del soporte judicial.

La digitalización, la eficiencia procedimental y la colaboración interinstitucional se convierten en ejes imprescindibles para que este nuevo modelo sea eficaz.

Una reforma para una justicia del siglo XXI

La Ley Orgánica 1/2025 representa mucho más que una reforma legislativa. Es el diseño de una nueva arquitectura judicial que busca hacer realidad una justicia más ágil, especializada, cercana, moderna y transparente. Sus efectos no serán inmediatos, pero los cambios ya han comenzado a implementarse y marcarán el rumbo del sistema judicial español durante las próximas décadas.

España avanza hacia una justicia capaz de responder a los retos de un mundo cada vez más complejo, digitalizado y demandante de soluciones flexibles. Esta norma constituye una oportunidad histórica para adaptar el servicio público de justicia a las necesidades reales de la ciudadanía y del Estado de Derecho.