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	<title>procuradores archivos - Francisco Franco González</title>
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	<description>Procurador de los Tribunales</description>
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	<title>procuradores archivos - Francisco Franco González</title>
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		<title>¿Qué es un proceso monitorio y para qué sirve?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-es-un-proceso-monitorio-y-para-que-sirve/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 May 2022 12:18:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El proceso monitorio es una vía rápida y ágil para poder reclamar deudas que tengan carácter dinerario. En este proceso se necesita únicamente la celebración de una comparecencia ante el juez, en el caso de que el deudor se oponga a la reclamación que se ha presentado. Por el contrario, si el deudor no quiere&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-es-un-proceso-monitorio-y-para-que-sirve/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">¿Qué es un proceso monitorio y para qué sirve?</span></a></p>
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<p>El proceso monitorio es una vía rápida y ágil para poder <strong>reclamar deudas</strong> que tengan carácter dinerario. En este proceso se necesita únicamente la celebración de una comparecencia ante el juez, en el caso de que el deudor se oponga a la reclamación que se ha presentado.</p>



<p>Por el contrario, si el deudor no quiere pagar de manera voluntaria ni tampoco se opone a la reclamación presentada dentro del plazo que le han concedido, el proceso habrá finalizado automáticamente, ya que, mediante una resolución el demandante podrá acudir directamente a la ejecución forzosa y se podrán embargar los bienes del deudor hasta alcanzar por completo la deuda reclamada.</p>



<p>El proceso monitorio se ha ido usando más habitualmente durante los últimos años y en la actualidad ha pasado a ser el procedimiento más utilizado en el <strong>ámbito civil</strong>.    </p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" fetchpriority="high" width="1024" height="751" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/05/proceso-monitorio-1024x751.jpg" alt="proceso-monitorio" class="wp-image-1724" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/05/proceso-monitorio-1024x751.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/05/proceso-monitorio-300x220.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/05/proceso-monitorio-768x563.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/05/proceso-monitorio-1536x1126.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/05/proceso-monitorio.jpg 1772w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo se lleva a cabo un proceso monitorio?</h2>



<p>Para poder iniciar un proceso monitorio es necesario entregar la documentación precisa para dicho procedimiento ante el<strong> Servicio Común de Registro y Reparto</strong> del domicilio de la persona demandada.</p>



<p>En el caso de que sea una comunidad de propietarios los que lo quieran llevar a cabo, deberán presentar la documentación en el <strong>Juzgado</strong> que les corresponda.</p>



<p>Se puede dar el caso en el que el deudor se oponga a la demanda, y es entonces cuando se daría un procedimiento declarativo en el que haría falta un <strong>abogado</strong>. También hay que saber que en el único caso que se puede solicitar una condena en costas será cuando se reclamen las cuotas o gastos de la comunidad de propietarios.</p>



<p>Una vez que se ha presentado la solicitud inicial, la examinará el Letrado de la Administración de Justicia, que dará cuenta al juez únicamente en el caso de que haya elementos que puedan determinar su inadmisión.</p>



<p>Si se acepta esta solicitud, la Oficina Judicial requerirá el <strong>pago</strong>. Este requerimiento se entrega personalmente, por lo que es necesario conocer correctamente el <strong>domicilio del deudor</strong>.</p>



<p>Desde que el deudor reciba el requerimiento de pago dispondrá de <strong>20 días naturales</strong> para pagar.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Para qué sirve un proceso monitorio?</h2>



<p>El fin primordial para llevar a cabo un proceso monitorio es <strong>que el deudor pague la deuda en el plazo de 20 días</strong>, que se ha mencionado anteriormente, pero hay que tener en cuenta que desde que el demandante presente la solicitud hasta que se entregue el requerimiento, puede pasar algo más de tiempo, ya que, dependen en gran parte de la carga de trabajo a la que esté expuesta la Oficina Judicial.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Hace falta un procurador?</h2>



<p>En los procesos monitorios no suelen hacer falta los abogados y procuradores para presentar la solicitud inicial, ya que, el demandante puede firmar directamente.</p>



<p>En el caso de que el demandado se oponga, <strong>sí será obligatoria su asistencia en el juicio declarativo</strong>, siempre y cuando la cuantía de la deuda que se reclama supere los <strong>2.000 euros</strong>. De igual manera que <strong>si el demandado no paga voluntariamente</strong>, ya que será necesaria la asistencia del procurador y el abogado en la ejecución forzosa, si la deuda supera los 2.000 euros.</p>



<p>Para más información sobre procesos monitorios, no dudes en contactar con nosotros. </p>
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		<title>¿Qué son las costas procesales y quién debe pagarlas?</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-son-las-costas-procesales-y-quien-debe-pagarlas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Feb 2022 15:19:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
		<category><![CDATA[AsesoríaLegal]]></category>
		<category><![CDATA[procuradores]]></category>
		<category><![CDATA[Procuradores de Madrid]]></category>
		<category><![CDATA[Representación procesal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Para saber quién tiene que pagar las costas procesales, lo primero que tenemos que conocer es qué son. Las costas judiciales o procesales son todos los gastos que se producen desde el inicio de un juicio o procedimiento judicial hasta que finaliza. Se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil, más concretamente en el artículo&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/que-son-las-costas-procesales-y-quien-debe-pagarlas/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">¿Qué son las costas procesales y quién debe pagarlas?</span></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Para saber quién tiene que pagar las costas procesales, lo primero que tenemos que conocer es qué son.</p>



<p>Las <strong>costas judiciales o procesales</strong> son todos los gastos que se producen desde el inicio de un juicio o procedimiento judicial hasta que finaliza. Se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil, más concretamente en el artículo 241.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="751" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/Costos-procesales-1024x751.jpg" alt="costos-procesales" class="wp-image-1452" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/Costos-procesales-1024x751.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/Costos-procesales-300x220.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/Costos-procesales-768x563.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/Costos-procesales-1536x1126.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/Costos-procesales.jpg 1772w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>En dicho artículo se pueden distinguir <strong>dos tipos</strong>. El primero de ellos es el gasto del proceso, que, como indica su nombre, es el desembolso que se tiene que realizar al existir un proceso de este tipo. Y, en segundo lugar, las costas procesales, que es el gasto que se refiere a varios conceptos, tales como:</p>



<ul><li>Los honorarios del abogado y procurador, cuando se necesite.</li><li>La tasa que hay que pagar al realizar el ejercicio de la actividad judicial.</li><li>El gasto que supone las copias, notas, testimonios, y demás documentos, que se tengan que solicitar por mandato legal.</li><li>Inserción de anuncios o edictos que de forma obligada deban publicarse en el curso del proceso judicial.</li><li>El dinero que sea necesario para poder interponer recursos.</li><li>Honorarios de peritos, y otros pagos que se tengan que realizar a todas las personas que hayan intervenido en el juicio o proceso judicial.</li><li>Derechos arancelarios que deban abonarse como consecuencia de actuaciones necesarias para el desarrollo del proceso.</li></ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Quién será el responsable de pagar las costas procesales?</strong></h2>



<p>Una vez que ya sabemos que son las costas y gastos procesales, vamos a analizar quién o quiénes son los encargados de pagar dichas costas. Para ello, tendremos que hablar de varios casos, ya que no en todos es igual.</p>



<p>En primer lugar, <strong>cuando se trata de un juicio declarativo</strong>, la persona que haya visto rechazados todos sus propósitos o intenciones, será la encargada de pagar las costas. Pero hay <strong>excepciones</strong> ante este caso, si el juez considera que el caso presentaba dudas de hecho o de derecho,&nbsp; puede no imponer las costas a la parte que haya visto rechazados todos sus propósitos. Estas excepciones se conocen si se tiene en cuenta la jurisprudencia que existe al respecto. Si la jurisprudencia anterior no es igual en todos los casos, entonces será dudoso y se podrá evitar el pago de costas, incluso si se desestiman todos sus reclamos.</p>



<p>En el caso de que se desestimen una parte los reclamos o pretensiones del particular, cada una de las partes del proceso abonará las costas que van unidas a su instancia y las comunes se pagarán por mitad. Es decir, <strong>cada</strong> <strong>una de las partes pagará sus propios gastos</strong> y si ha habido gastos que afectan a ambas partes, estos <strong>se pagarán por mitad</strong>.</p>



<p>Existe un límite en cuanto a la cuantificación de las costas y es que <strong>no podrán exceder de un tercio de la cuantía del pleito,</strong> es decir, del valor que tenga el juicio. Aunque en estos casos también habrá <strong>excepciones</strong>, como, por ejemplo, que el juez considere que la parte vencida en el proceso haya actuado con temeridad, en este caso no se aplicaría dicho límite.</p>



<p>En general, las costas judiciales deberán ser pagadas por la parte que pierda el pleito, que, terminado el mismo, deberá reintegrar a la otra parte todos estos gastos.</p>



<p>Si necesitas ayuda, ponte en contacto con nosotros para que podamos resolver todas tus cuestiones, ya que <strong>somos los procuradores los que nos encargamos de gestionar los pagos</strong> relacionados con las tasas judiciales.</p>
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		<title>Cómo puede ayudarte un procurador: principales funciones.</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/como-puede-ayudarte-un-procurador-principales-funciones/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Feb 2022 13:21:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Resuelve tus dudas legales]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Para comenzar, vamos a conocer qué es un procurador, para después analizar cómo nos puede ayudar, observando sus principales funciones. ¿Qué es un procurador? Un procurador es un profesional que tiene la licenciatura en Derecho y que se ha especializado en el derecho procesal y en el procedimiento judicial. Además, el procurador tiene encomendada la&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/resuelve-tus-dudas-legales/como-puede-ayudarte-un-procurador-principales-funciones/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Cómo puede ayudarte un procurador: principales funciones.</span></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Para comenzar, vamos a conocer qué es un procurador, para después analizar cómo nos puede ayudar, observando sus principales funciones.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="751" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/que-hace-un-procurador-1024x751.jpg" alt="" class="wp-image-1449" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/que-hace-un-procurador-1024x751.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/que-hace-un-procurador-300x220.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/que-hace-un-procurador-768x563.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/que-hace-un-procurador-1536x1126.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2022/02/que-hace-un-procurador.jpg 1772w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es un procurador?</strong></h2>



<p>Un procurador es un profesional que tiene la licenciatura en Derecho y que se ha especializado en el derecho procesal y en el procedimiento judicial. Además, el procurador tiene encomendada la función de <strong>representar a los particulares y empresas</strong> en el momento en el que, por alguna circunstancia, tienen que acudir a los <strong>Tribunales</strong>. De esta manera, el procurador está capacitado para agilizar el desarrollo del procedimiento judicial y para gestionar el asunto del cliente de manera satisfactoria y adecuada.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuáles son las funciones de un procurador?</h2>



<p>Una vez que conocemos qué es un procurador, vamos a analizar sus funciones.</p>



<p>La primordial tarea de un procurador dentro del proceso judicial es la representación procesal de los litigantes frente a los Juzgados y Tribunales. Además de que se encargan de tramitar oficios, mandamientos y exhortos por delegación del órgano judicial de manera que aceleran la “maquinaria judicial”, <strong>disminuyendo los tiempos de los procesos judiciales.</strong></p>



<p>Se encarga de la presentación de todos los escritos que elaboran los letrados. Y en la tramitación del proceso judicial, es el procurador quien prepara y muestra los datos que sean necesarios para <strong>evitar dilaciones </strong>en la tramitación del tema.</p>



<p>Se encarga de la vertiente procesal, efectúa el cómputo de plazos y vencimientos, y le recuerda al letrado las fechas de las vistas. <strong>Protege con profesionalidad los intereses de sus representantes</strong> guardando secreto profesional, así como ofreciéndoles información objetiva y veraz sobre el desarrollo del proceso judicial.</p>



<p>Además de tener un deber con el cliente (vertiente privada), también existe una vertiente pública, y a través de ella coopera con los órganos jurisdiccionales y, puede hacer personalmente las diligencias de notificación, emplazamiento y citación a la parte contraria por encargo del cliente y de la delegación del Juzgado.</p>



<p>Otra de las funciones que realiza se basa en publicar edictos y anuncios oficiales en los Boletines Oficiales, periódicos, entre otros, y <strong>gestionar y pagar las tasas judiciales</strong> en representación de los propios clientes. Del mismo modo, actúa con los depósitos exigidos para la admisión de los diversos recursos.</p>



<p>Por último, cabe destacar que es un experto en la materia, ya que, diariamente está en la sede judicial para hacer diferentes funciones como exponer escritos o realizar otro tipo de gestiones que aseguran el buen desarrollo del proceso judicial. Además, debido a lo explicado anteriormente, cada día tiene <strong>contacto directo con los Tribunales</strong>, lo que hace que conozca de primera mano el funcionamiento de los Juzgados.</p>



<p>Si tienes dudas sobre los papeles necesarios, agilizar el procedimiento judicial o cualquiera de las funciones nombradas durante el artículo, no dudes en contactar con nuestro equipo.</p>
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		<item>
		<title>Apoderamiento electrónico (evitamos asistir a la oficina judicial)</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/novedades-legislativas/apoderamiento-electronico-evitamos-asistir-a-la-oficina-judicial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Francisco Franco González]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 03 May 2020 16:22:04 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El Servicio de Apud Acta permite al ciudadano dar de alta apoderamientos de procuradores de manera telemática. Se denomina «Apud Acta» al apoderamiento realizado ante Letrado de la Administración de Justicia, este apoderamiento es totalmente gratuito y puede obtenerse por comparecencia ante el Letrado de Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o bien mediante&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/novedades-legislativas/apoderamiento-electronico-evitamos-asistir-a-la-oficina-judicial/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Apoderamiento electrónico (evitamos asistir a la oficina judicial)</span></a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El Servicio de Apud Acta permite al ciudadano dar de alta apoderamientos de procuradores de manera telemática. Se denomina «Apud Acta» al apoderamiento realizado ante Letrado de la Administración de Justicia, este apoderamiento es totalmente gratuito y puede obtenerse por comparecencia ante el Letrado de Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o bien mediante esta Sede Judicial Electrónica.</p>



<p>Actualmente y desde la Sede Judicial Electrónica se pueden otorgar Apud Actas de carácter general para pleitos.</p>



<p>El registro de apoderamientos “Apud-acta” no es válido para procedimientos ante el Tribunal Constitucional ya que no forma parte del Poder Judicial, ni pertenece a la Administración de Justicia.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Procuradores al alcance de todos</h3>



<p>Cualquier ciudadano puede realizar el alta de un apoderamiento si dispone de un DNI electrónico o certificado digital.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Guías de uso</h3>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/20161230_SEDJUDE_Acceso_identificacion.pdf?idFile=7580b828-b49c-49b0-9d91-979a534d8474" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Acceso área privada Sede Judicial Electrónica (pdf: 423,009 Kb)</a>														</li></ul>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/guiaBusqueda_ApudActa.pdf?idFile=ae0f0728-5504-41aa-bcb1-e3e997541e51" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Guía de Uso &#8211; Búsqueda de Apoderamientos (pdf: 867,771 Kb)</a>														</li></ul>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/guiaComparecienteApudActa.pdf?idFile=cf3fdb7c-38c0-43e7-8b47-1195d1962fcb" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Guía de Uso &#8211; Alta de Apoderamiento (Compareciente &#8211; Representante) (pdf: 1,096 Mb)</a>														</li></ul>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/guiaPoderdante_ApudActa.pdf?idFile=e157566b-585f-412f-89ff-b1d2561c3d04" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Guía de Uso &#8211; Alta de Apoderamiento (Poderdante) (pdf: 1,01 Mb)</a>														</li></ul>



<p><strong>Para más información, haga click <a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/publico/sjepublico/tramites_y_servicios/detalle_servicio/!ut/p/a1/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfGjzOLdLVyMPPy9Dbz8jfzMDRy9A9wtPEL9DA0MzIAKIoEKDHAARwM0_aHBhgaeYa7mAWGm_oYGZoZQ_XAF7k6W5kAF3sZBlu5BxiALiLIfjwUE9IfrR6EqweICsAJ8XiTkyYLc0NAIg0xPAFlUbbo!/dl5/d5/L2dJQSEvUUt3QS80SmlFL1o2X0c4RDJIT0swSk85NzkwQUtETTdSUU0yMDQ0/?itemId=266711&amp;categoria=Servicios&amp;tags=" class="rank-math-link">AQUÍ</a></strong></p>
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		<title>Particulares y empresas realizan el apoderamiento a los procuradores</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/novedades-legislativas/particulares-y-empresas-buscan-procuradores/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Salva]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Feb 2020 13:33:38 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El Servicio de Apud Acta permite al ciudadano dar de alta apoderamientos de procuradores de manera telemática. Se denomina «Apud Acta» al apoderamiento realizado ante Letrado de la Administración de Justicia, este apoderamiento es totalmente gratuito y puede obtenerse por comparecencia ante el Letrado de Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o bien mediante&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/novedades-legislativas/particulares-y-empresas-buscan-procuradores/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Particulares y empresas realizan el apoderamiento a los procuradores</span></a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>El Servicio de Apud Acta permite al ciudadano dar de alta apoderamientos de procuradores de manera telemática. Se denomina «Apud Acta» al apoderamiento realizado ante Letrado de la Administración de Justicia, este apoderamiento es totalmente gratuito y puede obtenerse por comparecencia ante el Letrado de Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o bien mediante esta Sede Judicial Electrónica.</p>



<p>Actualmente y desde la Sede Judicial Electrónica se pueden otorgar Apud Actas de carácter general para pleitos.</p>



<p>El registro de apoderamientos “Apud-acta” no es válido para procedimientos ante el Tribunal Constitucional ya que no forma parte del Poder Judicial, ni pertenece a la Administración de Justicia.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Procuradores al alcance de todos</h3>



<p>Cualquier ciudadano puede realizar el alta de un apoderamiento si dispone de un DNI electrónico o certificado digital.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Guías de uso</h3>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/20161230_SEDJUDE_Acceso_identificacion.pdf?idFile=7580b828-b49c-49b0-9d91-979a534d8474" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Acceso área privada Sede Judicial Electrónica (pdf: 423,009 Kb)</a>														</li></ul>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/guiaBusqueda_ApudActa.pdf?idFile=ae0f0728-5504-41aa-bcb1-e3e997541e51" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Guía de Uso &#8211; Búsqueda de Apoderamientos (pdf: 867,771 Kb)</a>														</li></ul>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/guiaComparecienteApudActa.pdf?idFile=cf3fdb7c-38c0-43e7-8b47-1195d1962fcb" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Guía de Uso &#8211; Alta de Apoderamiento (Compareciente &#8211; Representante) (pdf: 1,096 Mb)</a>														</li></ul>



<ul><li>															<a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/PA_WebApp_SGNTJ_NSJE/descarga/guiaPoderdante_ApudActa.pdf?idFile=e157566b-585f-412f-89ff-b1d2561c3d04" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Guía de Uso &#8211; Alta de Apoderamiento (Poderdante) (pdf: 1,01 Mb)</a>														</li></ul>



<p><strong>Para más información, haga click <a href="https://sedejudicial.justicia.es/sje/publico/sjepublico/tramites_y_servicios/detalle_servicio/!ut/p/a1/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfGjzOLdLVyMPPy9Dbz8jfzMDRy9A9wtPEL9DA0MzIAKIoEKDHAARwM0_aHBhgaeYa7mAWGm_oYGZoZQ_XAF7k6W5kAF3sZBlu5BxiALiLIfjwUE9IfrR6EqweICsAJ8XiTkyYLc0NAIg0xPAFlUbbo!/dl5/d5/L2dJQSEvUUt3QS80SmlFL1o2X0c4RDJIT0swSk85NzkwQUtETTdSUU0yMDQ0/?itemId=266711&amp;categoria=Servicios&amp;tags=" class="rank-math-link">AQUÍ</a></strong></p>
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