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	<title>DANA archivos - Francisco Franco González</title>
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		<title>Nuevas medidas tras la DANA: un marco legal para apoyar a los afectados</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/dana-marco-legal/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Dec 2024 08:56:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias de actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Novedades legislativas]]></category>
		<category><![CDATA[DANA]]></category>
		<category><![CDATA[Marco legal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley que introduce un paquete de medidas diseñado para aliviar los efectos de la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos). Este tercer conjunto de iniciativas, con un presupuesto total de 2.274 millones de euros, se enmarca en el Plan de Respuesta inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento. Las&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/dana-marco-legal/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Nuevas medidas tras la DANA: un marco legal para apoyar a los afectados</span></a></p>
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<p>El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley que introduce un paquete de medidas diseñado para <strong>aliviar los efectos de la DANA</strong> (Depresión Aislada en Niveles Altos). Este tercer conjunto de iniciativas, con un presupuesto total de 2.274 millones de euros, se enmarca en el Plan de Respuesta inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento.</p>



<p>Las disposiciones abarcan ámbitos clave como el judicial, procesal y societario, ofreciendo un respaldo integral a los damnificados. Esta semana, lo tratamos en el <strong>blog de Francisco Franco</strong>, Procurador de los Tribunales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Prioridad en los procedimientos judiciales</h3>



<p>En el ámbito judicial, el decreto establece la tramitación preferente de ciertos procedimientos relacionados con los efectos de la DANA. En el orden civil, esto incluye las demandas relacionadas con daños causados por el fenómeno meteorológico. En el <strong>ámbito laboral, se priorizarán los casos de despido</strong> y extinción de contratos motivados por causas económicas o de fuerza mayor, especialmente cuando estén vinculados a empresas beneficiarias de ayudas públicas.</p>



<p>Esta agilidad en la tramitación busca que los afectados obtengan una resolución rápida y eficaz, aliviando en parte las complicaciones derivadas de la catástrofe.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" fetchpriority="high" width="951" height="713" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-2.jpg" alt="" class="wp-image-2127" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-2.jpg 951w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-2-300x225.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-2-768x576.jpg 768w" sizes="(max-width: 951px) 100vw, 951px" /><figcaption class="wp-element-caption">Fotografía: Ejército de Tierra</figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Protección frente a subastas judiciales</h3>



<p>El Real Decreto-ley también introduce medidas para <strong>proteger a las personas y empresas frente a las subastas judiciales</strong> y notariales relacionadas con los daños de la DANA. Los deudores podrán solicitar la anulación de estas subastas, mientras que se garantiza la devolución de las tasas pagadas por su publicación en el Boletín Oficial del Estado.</p>



<p>Además, las <strong>ayudas económicas</strong> destinadas a paliar los efectos de la DANA han sido <strong>declaradas inembargables</strong>, reforzando así la seguridad de los damnificados frente a posibles reclamaciones económicas.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Reanudación y ampliación de plazos procesales</h3>



<p>Otro aspecto fundamental de la norma es la <strong>reanudación de los plazos procesales</strong> que habían sido suspendidos tras la DANA. Para garantizar la seguridad jurídica, estos plazos se reiniciarán desde cero, sin considerar el tiempo transcurrido antes de la suspensión.</p>



<p>Asimismo, <strong>se amplían los plazos para presentar recursos contra sentencias</strong> y otras resoluciones notificadas durante la suspensión o en los veinte días hábiles posteriores a su levantamiento. Esta medida tiene como objetivo garantizar que las partes implicadas dispongan del tiempo necesario para ejercer adecuadamente <strong>su derecho de defensa</strong>.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="683" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-3-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-2128" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-3-1024x683.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-3-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-3-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-3-1536x1024.jpg 1536w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-3-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/12/dana-3.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Flexibilidad para las empresas afectadas</h3>



<p>En el <strong>ámbito societario</strong>, el decreto introduce disposiciones excepcionales destinadas a las empresas que han sufrido las consecuencias de la DANA. Estas medidas incluyen la posibilidad de celebrar reuniones de los órganos de administración mediante <strong>videoconferencia o conferencia telefónica múltiple</strong>. Además, los acuerdos podrán adoptarse por escrito y sin necesidad de sesión presencial.</p>



<p>Se aplaza <strong>hasta el 30 de junio de 2025</strong> la obligación de <strong>formular cuentas anuales</strong>, un alivio significativo para las empresas en dificultades. También se pospone la obligación de solicitar la <strong>declaración de concurso</strong> o la negociación de planes de reestructuración hasta el 31 de diciembre de 2025, proporcionando un margen adicional para que las empresas puedan estabilizarse.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Un compromiso con las víctimas de la DANA</h3>



<p>Este paquete de medidas refleja el compromiso del Gobierno con las personas y empresas afectadas por la DANA, proporcionando <strong>herramientas legales y procesales</strong> para abordar las dificultades derivadas de esta emergencia.</p>



<p>Si necesita orientación sobre cómo beneficiarse de estas medidas o gestionar cualquier procedimiento relacionado, <a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/"><strong>no dude en contactar con nosotros</strong></a>. Como procuradores de los tribunales, estamos a su disposición para ayudarle a proteger sus derechos y superar este complicado escenario legal.</p>
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		<title>Estado de alarma, excepción y sitio: regulaciones, diferencias y su aplicación en España</title>
		<link>https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/estado-de-alarma/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Juan Adalid]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Nov 2024 12:37:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias de actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[DANA]]></category>
		<category><![CDATA[Estado de Alarma]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En situaciones de emergencia extraordinarias, la Constitución Española y la Ley Orgánica 4/1981 permiten al Gobierno adoptar medidas excepcionales a través de los estados de alarma, excepción y sitio. Cada uno de estos regímenes tiene un carácter único y se activa en función de la gravedad de la situación, con importantes implicaciones para los derechos&#8230;&#160;<a href="https://www.procuradordemadrid.com/noticias-de-actualidad/estado-de-alarma/" class="" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Estado de alarma, excepción y sitio: regulaciones, diferencias y su aplicación en España</span></a></p>
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<p>En situaciones de emergencia extraordinarias, la Constitución Española y la Ley Orgánica 4/1981 permiten al Gobierno adoptar medidas excepcionales a través de los <strong>estados de alarma, excepción y sitio</strong>. Cada uno de estos regímenes tiene un carácter único y se activa en función de la gravedad de la situación, con importantes implicaciones para los derechos de los ciudadanos y el funcionamiento del orden público.</p>



<p>Desde el despacho de Francisco Franco González, Procurador de los Tribunales en Madrid, analizamos estas figuras jurídicas y sus diferencias. La reciente DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que ha azotado con intensidad el litoral mediterráneo y zonas como Albacete ha puesto de manifiesto <strong>la necesidad de contar con mecanismos legales </strong>que permitan al Gobierno reaccionar de manera ágil y efectiva ante catástrofes naturales de gran magnitud.</p>



<p>En este contexto, exploraremos cómo estas herramientas pueden aplicarse y cuáles son las implicaciones legales y prácticas de cada una de ellas, centrándonos en el impacto que estas decisiones pueden tener sobre los derechos fundamentales, el <strong>ordenamiento jurídico y las responsabilidades del Ejecutivo</strong>.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Estado de alarma: el mecanismo más leve</h3>



<p>El <strong>estado de alarma</strong> está regulado en el artículo 116 de la Constitución Española y desarrollado por la Ley Orgánica 4/1981. Es la herramienta que se activa ante situaciones que, aunque graves, no implican alteraciones extremas del orden público o de las instituciones democráticas.</p>



<p>Este estado puede ser declarado <strong>por el Gobierno mediante un decreto acordado en Consejo de Ministros</strong> y tiene una duración inicial máxima de 15 días, prorrogables con autorización del Congreso de los Diputados. Se aplica en casos como:</p>



<ul>
<li>Crisis sanitarias graves, como pandemias.</li>



<li>Catástrofes naturales, como inundaciones, terremotos o incendios forestales.</li>



<li>Paralización de servicios públicos esenciales.</li>



<li>Desabastecimiento grave de productos de primera necesidad.</li>
</ul>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="682" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-2-1024x682.jpg" alt="" class="wp-image-2120" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-2-1024x682.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-2-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-2-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-2-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-2.jpg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Medidas permitidas</h3>



<p>El estado de alarma permite limitar ciertos derechos fundamentales para afrontar la emergencia:</p>



<ul>
<li>Restringir la circulación de personas y vehículos.</li>



<li>Intervenir temporalmente fábricas o industrias (exceptuando domicilios particulares).</li>



<li>Racionar bienes de primera necesidad.</li>



<li>Dictar órdenes para garantizar el abastecimiento de productos básicos.</li>
</ul>



<p>El incumplimiento de estas medidas conlleva sanciones, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 4/1981. Este estado no suspende derechos fundamentales, sino que los restringe temporalmente en áreas específicas para proteger el interés general.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Estado de excepción: mayor gravedad y restricción de derechos</h3>



<p>El <strong>estado de excepción</strong>, regulado también por la Ley Orgánica 4/1981, se activa cuando el orden público, los derechos y libertades de los ciudadanos o el funcionamiento de las instituciones democráticas están gravemente alterados.</p>



<p>A diferencia del estado de alarma, su declaración requiere autorización previa del Congreso de los Diputados, y su duración no puede superar los 30 días, aunque puede prorrogarse bajo las mismas condiciones.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Suspensión de derechos fundamentales</h3>



<p>Durante este estado, se pueden suspender derechos recogidos en los artículos:</p>



<ul>
<li><strong>17.2 y 18.2-3</strong>: Relativos a la libertad personal y la inviolabilidad del domicilio.</li>



<li><strong>19</strong>: Derecho a la libre circulación.</li>



<li><strong>20.1.a) y d), y 20.5</strong>: Libertad de expresión y clausura de publicaciones.</li>



<li><strong>21</strong>: Derecho de reunión.</li>



<li><strong>28.2 y 37.2</strong>: Derecho a huelga y negociación colectiva.</li>
</ul>



<p>Asimismo, la autoridad gubernativa puede detener a personas que alteren el orden público por un máximo de 10 días, comunicándolo al juez en un plazo de 24 horas.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Estado de sitio: máxima excepcionalidad</h3>



<p>El <strong>estado de sitio</strong> es el más severo de los tres y solo puede declararse cuando se produce o se amenaza con una insurrección o un ataque que ponga en peligro la soberanía, independencia o integridad territorial de España.</p>



<p>Su declaración debe ser aprobada por mayoría absoluta en el Congreso, y el Gobierno es el encargado de ejecutar las medidas necesarias para reestablecer el orden.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" loading="lazy" width="1024" height="682" src="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-3-1024x682.jpg" alt="" class="wp-image-2121" srcset="https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-3-1024x682.jpg 1024w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-3-300x200.jpg 300w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-3-768x512.jpg 768w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-3-930x620.jpg 930w, https://www.procuradordemadrid.com/wp-content/uploads/2024/11/estado-de-alarma-3.jpg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Medidas extremas</h3>



<p>Además de las restricciones previstas en los estados de alarma y excepción, el estado de sitio permite la suspensión temporal de todas las garantías jurídicas, incluida la protección de los detenidos. Las fuerzas armadas pueden intervenir, y se otorga un control más amplio al Gobierno para enfrentar la amenaza.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Diferencias clave entre los tres estados</h3>



<figure class="wp-block-table"><table><thead><tr><td><strong>Criterio</strong></td><td><strong>Estado de alarma</strong></td><td><strong>Estado de excepción</strong></td><td><strong>Estado de sitio</strong></td></tr></thead><tbody><tr><td><strong>Gravedad de la situación</strong></td><td>Moderada (catástrofes, crisis sanitaria)</td><td>Grave (alteraciones del orden público)</td><td>Muy grave (insurrección, guerra)</td></tr><tr><td><strong>Declaración</strong></td><td>Decreto del Consejo de Ministros</td><td>Decreto con autorización del Congreso</td><td>Aprobación por mayoría absoluta del Congreso</td></tr><tr><td><strong>Duración máxima inicial</strong></td><td>15 días</td><td>30 días</td><td>Determinada según las circunstancias</td></tr><tr><td><strong>Derechos afectados</strong></td><td>Restringidos</td><td>Suspendidos parcialmente</td><td>Suspendidos totalmente</td></tr><tr><td><strong>Intervención militar</strong></td><td>No prevista</td><td>No prevista</td><td>Sí prevista</td></tr></tbody></table></figure>



<h3 class="wp-block-heading">La DANA como posible causa de estado de alarma</h3>



<p>En el contexto actual de España, la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) ha causado graves inundaciones y daños materiales en regiones como Valencia y Castilla-La Mancha. Aunque no se han registrado alteraciones severas del orden público, la magnitud de la catástrofe ha podido <strong>justificar la declaración de un estado de alarma</strong> para coordinar recursos y garantizar el suministro de bienes esenciales en las áreas más afectadas.</p>



<p>Desde el ámbito jurídico, la activación de estos estados exige un análisis cuidadoso de los hechos, siempre respetando los principios de proporcionalidad y necesidad. Este despacho está disponible para asesorarle en cualquier asunto relacionado con la interpretación y aplicación de estas medidas excepcionales.  ¡<a href="https://www.procuradordemadrid.com/contacto-contacta-con-nosotros/">No dudes en ponerte en contacto con nosotros</a>!</p>



<p><em>Fotografías / @EjercitoTierra</em></p>
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